Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2021061469)
Resolución de 28 abril de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para el proyecto de planta de fabricación y reparación de palés de madera y almacenamiento y gestión de residuos no peligrosos y peligrosos, cuyo promotor es Víctor Manuel Cortés Medina, en el término municipal de Almendralejo.
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NÚMERO 97
Lunes, 24 de mayo de 2021
25198
— Las aguas residuales sanitarias serán conducidas a la red de saneamiento municipal
del Ayuntamiento de Almendralejo.
— Las aguas de escorrentía de la superficie exterior deberán dirigirse, en caso necesario, a un sistema de depuración que adecue las características del agua residual
antes de su vertido a la red de saneamiento municipal del Ayuntamiento de Almendralejo.
— El vertido finalmente evacuado a la red de saneamiento municipal deberá cumplir las
condiciones establecidas por el Ayuntamiento de Almendralejo en su autorización de
vertido.
— La nave carecerá de red de saneamiento interior, rejillas o sumideros, por lo que la
limpieza se realizará en seco, no generándose aguas residuales procedentes de esta
actividad.
Cualquier derrame accidental que ocurra en la instalación, se recogerá, almacenará
y gestionará como un residuo.
— Para el control de los derrames, todas las zonas destinadas al almacenamiento y/o
manipulación de residuos peligrosos, deberán disponer de algún sistema de recogida
o contención de fugas.
— No deberá existir conexión alguna entre la zona de almacenamiento y/o manipulación de residuos peligrosos y las redes de saneamiento de la instalación con el fin de
evitar contaminación por eventuales vertidos accidentales.
— Los residuos que se gestionarán en la instalación serán los que se han previsto en
proyecto, codificados según la Lista Europea de Residuos con los códigos:
— Residuos no peligrosos: 02 01 04, 03 01 05, 03 01 99, 15 01 01, 15 01 02, 15 01 03,
15 01 04, 15 01 07, 16 01 17, 16 01 18, 16 01 19, 16 01 20, 20 01 01, 20 01 39, 20
01 40, 16 02 14-23, 16 02 14-32, 16 02 14-42, 16 02 14-52 y 16 02 14-71.
— Residuos peligrosos: 15 01 10*, 16 06 01*, 16 02 11*-11*, 16 02 11*-12*, 16 02
11*-13*, 16 02 13*-22*, 16 02 13*-21*, 16 02 13*-41*, 16 02 12*-51*, 16 02
13*-51*, 20 01 35*-51* y 20 01 35*-61*.
— El almacenamiento y gestión de los productos necesarios para el desarrollo de la
actividad, se regirá por su normativa específica.
— En lo que a generación y a gestión de residuos se refiere, se atenderá a lo establecido
en la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.
Lunes, 24 de mayo de 2021
25198
— Las aguas residuales sanitarias serán conducidas a la red de saneamiento municipal
del Ayuntamiento de Almendralejo.
— Las aguas de escorrentía de la superficie exterior deberán dirigirse, en caso necesario, a un sistema de depuración que adecue las características del agua residual
antes de su vertido a la red de saneamiento municipal del Ayuntamiento de Almendralejo.
— El vertido finalmente evacuado a la red de saneamiento municipal deberá cumplir las
condiciones establecidas por el Ayuntamiento de Almendralejo en su autorización de
vertido.
— La nave carecerá de red de saneamiento interior, rejillas o sumideros, por lo que la
limpieza se realizará en seco, no generándose aguas residuales procedentes de esta
actividad.
Cualquier derrame accidental que ocurra en la instalación, se recogerá, almacenará
y gestionará como un residuo.
— Para el control de los derrames, todas las zonas destinadas al almacenamiento y/o
manipulación de residuos peligrosos, deberán disponer de algún sistema de recogida
o contención de fugas.
— No deberá existir conexión alguna entre la zona de almacenamiento y/o manipulación de residuos peligrosos y las redes de saneamiento de la instalación con el fin de
evitar contaminación por eventuales vertidos accidentales.
— Los residuos que se gestionarán en la instalación serán los que se han previsto en
proyecto, codificados según la Lista Europea de Residuos con los códigos:
— Residuos no peligrosos: 02 01 04, 03 01 05, 03 01 99, 15 01 01, 15 01 02, 15 01 03,
15 01 04, 15 01 07, 16 01 17, 16 01 18, 16 01 19, 16 01 20, 20 01 01, 20 01 39, 20
01 40, 16 02 14-23, 16 02 14-32, 16 02 14-42, 16 02 14-52 y 16 02 14-71.
— Residuos peligrosos: 15 01 10*, 16 06 01*, 16 02 11*-11*, 16 02 11*-12*, 16 02
11*-13*, 16 02 13*-22*, 16 02 13*-21*, 16 02 13*-41*, 16 02 12*-51*, 16 02
13*-51*, 20 01 35*-51* y 20 01 35*-61*.
— El almacenamiento y gestión de los productos necesarios para el desarrollo de la
actividad, se regirá por su normativa específica.
— En lo que a generación y a gestión de residuos se refiere, se atenderá a lo establecido
en la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.