Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021061479)
Resolución de 14 de mayo de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura y la Asociación para la Atención y la Integración Social de las Personas con Discapacidad Física de Extremadura (APAMEX) por el que se concede una subvención en el ejercicio 2021, para la promoción y fomento de la adaptación de puestos de trabajo para personas con discapacidad de conformidad con el VIII Plan de Actuación de la Comunidad Autónoma de Extremadura para la Prevención de Riesgos Laborales (2020-2023).
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Lunes, 24 de mayo de 2021

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transferencia o domiciliación bancaria, deberán realizarse a través de medios de pago que en
todo caso permitan la comprobación de su efectiva realización. No será admitido ningún gasto
cuyo pago no pueda acreditarse conforme a lo establecido en esta cláusula.
Todo ello, sin perjuicio de que la citada entidad deba conservar todos los documentos originales acreditativos del gasto o pago a disposición de la Consejería de Educación y Empleo y
de los órganos de control financiero de la Junta de Extremadura, y en su caso, del Tribunal
de Cuentas.
Las cantidades abonadas por la Junta de Extremadura que no respondan de manera indubitada a la naturaleza de la actividad subvencionada o no sean justificadas en los gastos por
APAMEX, conforme a lo establecido en el artículo 36 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, serán
reintegradas a la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de acuerdo con el
procedimiento regulado en los artículos 47 y siguientes de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Octava. Obligaciones del beneficiario.
La entidad beneficiaria asumirá con carácter general las obligaciones previstas en el artículo
13 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura y, específicamente, las siguientes:
a) Ejecutar las actuaciones subvencionables, en los términos establecidos en el presente
Convenio, pudiendo contratar con terceros dicha ejecución, ajustándose, en su caso,
a los requisitos previstos en el apartado 3 del artículo 33 de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
b) APAMEX deberá acreditar con carácter previo a la concesión y a cada uno de los pagos
que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la
Hacienda del Estado, la Hacienda autonómica y frente a la Seguridad Social. De acuerdo
con lo establecido en el artículo 23.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y conforme a la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la
presentación de la solicitud, y, en su caso, la firma del presente convenio por parte de
APAMEX, conllevará la autorización a la Dirección General de Trabajo para que ésta lo
compruebe de oficio. En el supuesto de que el beneficiario deniegue expresamente su
consentimiento para obtener de oficio los datos y documentos requeridos para la tramitación de los expedientes, quedará obligado a aportar la referida documentación.
c) Comunicar a la Dirección General de Trabajo la percepción, en su caso, de otras ayudas
concedidas para la misma finalidad por otras Administraciones públicas o entes públicos
o privados.