Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Instalaciones Eléctricas. (2021061439)
Resolución de 7 de mayo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula valoración ambiental de la modificación del proyecto de "Reforma de línea aérea MT, 15 kV, aumento de potencia de CT a 250 KVA y Red de BT en la Dehesa Boyal", a realizar en el término municipal de Villa del Rey (Cáceres), cuyo promotor es el Ayuntamiento de Villa del Rey. Expte.: IA21/0301.
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NÚMERO 96
Viernes, 21 de mayo de 2021

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10ª. No se realizarán movimientos de tierras no contemplados en la presente evaluación.
11ª. S
 e utilizarán los accesos existentes para la realización de los trabajos, minimizando la
entrada de máquinas o vehículos de transporte de materiales en los lugares naturales.
12ª. S
 i durante la ejecución de las obras se hallasen restos u objetos con valor arqueológico,
el promotor y/o la dirección facultativa de la misma paralizarán inmediatamente los trabajos, tomarán las medidas adecuadas para la protección de los restos y comunicarán su
descubrimiento en el plazo de 48 horas a la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes.
13ª. D
 eberá tenerse en cuenta la normativa en materia de incendios forestales en la Comunidad Autónoma de Extremadura (Ley 5/2004, de 24 de junio, de Prevención y Lucha
contra los Incendios Forestales en Extremadura; Decreto 260/2014, de 2 de diciembre,
por el que se regula la Prevención de los incendios forestales en la Comunidad Autónoma
de Extremadura y modificaciones posteriores).
14ª. L
 os residuos producidos se gestionarán por gestor autorizado conforme a la Ley 22/2011,
de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados. Deberán habilitarse las correspondientes áreas de almacenamiento de los residuos en función de su tipología, clasificación
y compatibilidad.
L
 os residuos de construcción y demolición que se generen se deberán separar adecuadamente y entregar a una planta de reciclaje autorizada para su tratamiento, cumpliendo
en todo caso con lo establecido en el Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el
que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición, y
el Decreto 20/2011, de 25 de febrero, por el que se establece el régimen jurídico de la
producción, posesión y gestión de los residuos de construcción y demolición de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
15ª. U
 na vez finalizados los trabajos, se procederá a restituir la totalidad de los terrenos
afectados por las obras, especialmente en zanjas o si se generan taludes, así como sus
zonas e infraestructuras anexas, debiendo adoptar medidas de integración al respecto,
y evitando la aparición de fenómenos erosivos o pérdidas de suelo. Se deberá gestionar
adecuadamente la tierra vegetal para su uso posterior en las tareas de restauración de
las superficies alteradas. No deberán quedar bajo ningún concepto acúmulos de materiales, como hormigón, tierras, etc.
16ª. E
 n el ejercicio de las funciones de supervisión y control que corresponden a la Dirección
General de Sostenibilidad, podrá exigirse al promotor la adopción de nuevas medidas
correctoras en caso de detectarse impactos derivados de hechos o circunstancias de
acaecimiento posterior a la formulación de la presente Resolución de modificación.