Consejería De Educación Y Empleo. Enseñanza No Universitaria. Premios. (2021061404)
Resolución de 6 de mayo de 2021, de la Secretaría General de Educación, por la que se convocan los Premios Extraordinarios de Bachillerato correspondientes al curso 2020/2021.
9 páginas totales
Página
NÚMERO 95
Jueves, 20 de mayo de 2021

24881

Octavo. Resolución y notificación.
1. E
 l Servicio de Coordinación Educativa elevará propuesta definitiva de resolución a tenor del
informe vinculante realizado por la comisión de valoración, al Secretario General de Educación, para su resolución. Asimismo, enviará al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
la relación del alumnado premiado, con expresión de su titulación.
2. L
 a resolución de concesión deberá de ser dictada, notificada al alumnado premiado y publicada en el Diario Oficial de Extremadura en el plazo máximo de seis meses desde la publicación de la convocatoria. Transcurrido dicho plazo sin que se haya notificado la resolución
se podrá entender desestimada la solicitud.
3. A
 demás de la dotación en metálico de cada premio, el alumnado que obtenga premio extraordinario de Bachillerato recibirá un diploma acreditativo.
Noveno. Inscripción del premio.
1. L
 a Secretaría General de Educación procederá a comunicar la concesión del premio extraordinario a los centros del alumnado galardonado.
2. L
 a obtención del Premio Extraordinario de Bachillerato será anotada, mediante diligencia en
el expediente académico y en el historial académico del alumnado premiado. Igualmente
se anotará, en su caso, la obtención del Premio Nacional de Bachillerato.
Décimo. Forma de pago.
1. E
 l pago del premio se efectuará mediante transferencia bancaria. El órgano gestor comprobará, con carácter previo al pago, que las personas beneficiarias se encuentran al corriente
de las obligaciones con la Hacienda autonómica.
2. P
 ara que se haga efectivo el pago del premio, el alumnado galardonado deberá presentar
en la Secretaría General de Educación, Servicio de Coordinación Educativa (Avenida Valhondo, s/n, módulo 5, 4º planta, 06800 Mérida), dentro del plazo improrrogable de diez
días desde la publicación de la resolución de concesión de los premios en el Diario Oficial
de Extremadura, documento de “Alta de Terceros” correspondiente a una cuenta bancaria
en la que la persona premiada sea titular, si esta es mayor de edad, o cotitular junto con el
padre, la madre o el/la tutor/a, en el caso de no ser mayor de edad. En el caso de hallarse
dada de alta en el Subsistema de Terceros del “SICCAEX”, se deberá indicar esta circunstancia y el número de cuenta corriente en el que se desea que se efectúe el ingreso.
Undécimo. Autorización.
Se faculta a la Secretaría General de Educación para dictar cuantos actos sean necesarios
para la ejecución de la presente resolución.