Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Residencias Universitarias. (2021050072)
Orden de 14 de mayo de 2021 por la que se regula la convocatoria de plazas de residentes en las residencias universitarias de la Junta de Extremadura para el curso académico 2021/2022.
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NÚMERO 95
Jueves, 20 de mayo de 2021

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Artículo 14. Requisitos para formalizar la adjudicación de plaza.
Una vez publicada la relación de solicitantes establecida en el artículo anterior, todos los admitidos procederán a formalizar su derecho a la plaza con los siguientes requisitos:
1. Entregar la matrícula de estudios realizada para el curso 2021/2022. En aquellos supuestos
en los que no se tenga, en el momento de solicitar la plaza de residente, deberá entregarla
con posterioridad.
2. P
 resentar en la administración de la residencia correspondiente, justificante de ingreso
(modelo 50) correspondiente a la primera mensualidad (mes de septiembre), en el plazo
establecido en el artículo 6, apartado 2.1, de la presente orden.
3. F
 irmar una declaración en la que manifiesten conocer y respetar lo dispuesto en el Reglamento de Régimen Interno de las Residencias Universitarias de la Junta de Extremadura,
aprobado por Orden de 30 de noviembre de 2017 (DOE núm. 239, de 15 de diciembre de
2017).
4. Adquirir el compromiso de participar activamente en las actividades sociales y/o deportivas
que se impulsen durante el año académico por la dirección de las respectivas residencias,
de forma que la participación en esas actividades servirá para cómputo en la adjudicación
de las plazas residenciales que cada año se realice.
Disposición final primera. Autorización.
Se faculta al Director General de Política Universitaria para dictar cuantos actos sean necesarios para la ejecución y desarrollo de la presente orden.
Disposición final segunda. Eficacia y recursos.
1. L
 a presente convocatoria surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el
Diario Oficial de Extremadura.
2. C
 ontra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponer los interesados recurso potestativo de reposición ante el Consejero Economía, Ciencia y Agenda
Digital, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en
el Diario Oficial de Extremadura. Podrán también interponer directamente, en el plazo
de dos meses, contados a partir del día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de
Extremadura, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de
Extremadura.
Todo ello, sin perjuicio de que la persona interesada pueda ejercitar cualquier otro recurso
que estime procedente.