Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2021061421)
Resolución de 5 de mayo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para explotación porcina promovida por Ganadera González Pulido, SL, en el término municipal de Portezuelo.
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Miércoles, 19 de mayo de 2021

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RESOLUCIÓN de 5 de mayo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad,
por la que se otorga autorización ambiental unificada para explotación porcina
promovida por Ganadera González Pulido, SL, en el término municipal de
Portezuelo. (2021061421)
ANTECEDENTES DE HECHO:
Primero. Con fecha 18 de octubre de 2018 tiene entrada en el Registro Único de la Junta de
Extremadura, la solicitud de Autorización Ambiental Unificada (AAU), cuyas tasas fueron liquidadas con fecha 21 de diciembre de 2018, para la ampliación de una explotación porcina en
régimen intensivo ubicada en el término municipal de Portezuelo y promovida por Ganadera
González Pulido, SL, con CIF B-XXXX5991.
Segundo. El objeto del proyecto es la ampliación de una explotación porcina con una capacidad final de 745 plazas de cebo, desarrollando un plan de manejo en intensivo. Esta actividad está incluida en el ámbito de aplicación de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección
ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En particular en la categoría 1.2. del
anexo II.
Las instalaciones de la explotación porcina se ubicarán en las parcelas 10 y 22 del polígono
10 del término municipal de Portezuelo (Cáceres). La finca cuenta con una superficie total de
117,5082 hectáreas.
Tercero. La instalación cuenta con informe impacto ambiental de fecha 4 de noviembre de
2019 (Expte.: IA 19/0167). El cual se incluye íntegramente en el anexo III de la presente
resolución.
Cuarto. El Órgano Ambiental publica Anuncio de fecha 21 de octubre de 2019 en su sede
electrónica, poniendo a disposición del público, durante un plazo de 10 días, la información
relativa al procedimiento de solicitud de autorización ambiental unificada, de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 16.5 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de
la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Quinto. Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 16/2015 de 23
de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con fecha 21
de octubre de 2019, y posterior reiteración de fecha 2 de octubre de 2020 se remite copia
del expediente al Ayuntamiento de Portezuelo, a fin de que por parte de éste se promoviese
la participación real y efectiva de las personas interesadas, en todo caso, de los vecinos inmediatos, en el procedimiento de otorgamiento de la autorización ambiental unificada. Del
mismo modo, se le indicaba que disponía de un plazo de 20 días desde la recepción del expediente, para remitir un Informe Técnico que se pronuncie sobre la adecuación de la instalación