Consejería De Igualdad Y Portavocía. Víctimas De Violencia De Género. Ayudas. (2021061468)
Extracto de la Resolución de 10 de mayo de 2021, de la Secretaría General, por la que se convocan ayudas para facilitar la recuperación integral de las mujeres víctimas de violencia de género para el ejercicio 2021.
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NÚMERO 94
Miércoles, 19 de mayo de 2021

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EXTRACTO de la Resolución de 10 de mayo de 2021, de la Secretaría General,
por la que se convocan ayudas para facilitar la recuperación integral de las
mujeres víctimas de violencia de género para el ejercicio 2021. (2021061468)
BDNS(Identif.): 564172
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto
completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones http://www.pap.
minhap.qob.es/bdnstrans/index) y en el Diario Oficial de Extremadura.
Primero. Beneficiarias.
Podrán ser beneficiarias las mujeres víctimas de violencia de género que se encuentren en
situación de vulnerabilidad económica en la Comunidad Autónoma de Extremadura, y reúnan
los requisitos previstos en el artículo 2 del Decreto 97/2018, de 26 de junio, por el que se
establecen las bases reguladoras de las ayudas para facilitar la recuperación integral de las
mujeres víctimas de violencia de género (DOE n.º 127, de 2 de julio).
Segundo. Objeto.
Convocar las ayudas para facilitar el proceso de recuperación psicosocial y apoyar la independencia de la mujer víctimas de violencia de género de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que le permita superar el círculo de la violencia, para el ejercicio 2021.
Tercero. Bases reguladoras.
La convocatoria se regirá por las normas contenidas en el Decreto 97/2018, de 26 de junio,
por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para facilitar la recuperación
integral de las mujeres víctimas de violencia de género (DOE n.º 127, de 2 de julio).
Cuarto. Cuantía.
La cuantía de la ayuda será la equivalente al gasto que se pretende sufragar con la concesión de la subvención, y quedará contemplada en el informe referido en el artículo 2 e) del
Decreto 97/2018, de 26 de junio, sin que pueda superar los 5.000 euros por beneficiaria.
El pago de la ayuda se realizará mediante un único abono, una vez dictada la resolución
de concesión. El presupuesto destinado a la ejecución de la convocatoria asciende a un importe de 1.000.000 euros, financiado con cargo a la aplicación presupuestaria 171010000
G/253A/48900 TE25006001 y proyecto 20190446 denominado “Pacto de estado contra la
violencia de género”.