Servicio Extremeño De Salud. Recurso. Emplazamiento. (2021061417)
Resolución de 6 de mayo de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos y Asuntos Generales, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso-administrativo tramitado por procedimiento abreviado n.º 87/2021, interpuesto ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 2 de Mérida, y se emplaza a los posibles interesados en el mismo.
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NÚMERO 93

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Martes, 18 de mayo de 2021

RESOLUCIÓN de 6 de mayo de 2021, de la Dirección General de Recursos
Humanos y Asuntos Generales, por la que se acuerda la remisión del expediente
administrativo correspondiente al recurso contencioso-administrativo
tramitado por procedimiento abreviado n.º 87/2021, interpuesto ante el
Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 2 de Mérida, y se emplaza a
los posibles interesados en el mismo. (2021061417)
Ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 2 de Mérida se ha interpuesto recurso
contencioso-administrativo con número de Procedimiento Abreviado 87/2021, promovido por
D. Sergio Chico Broncano frente a la Resolución de fecha 4 de febrero de 2021, de la Dirección
Gerencia, por la que se le desestima su recurso de reposición contra la Resolución de fecha
11 de noviembre de 2020 por la que se hace pública la relación definitiva de aprobados relativa al proceso selectivo, convocado por Resoluciones de 18 de septiembre de 2017 y 23 de
febrero de 2018, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de
Enfermero/a, en las Instituciones Sanitarias del Servicio Extremeño de Salud.
En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 48 y 49 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, y dando cumplimiento al requerimiento efectuado por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 2
de Mérida, se acuerda la remisión del expediente administrativo y se emplaza a los posibles
interesados en el mismo, para que puedan personarse ante dicho Juzgado, si a su derecho
conviniera, en el plazo de nueve días, a contar desde el día siguiente a la publicación de la
presente resolución.
De personarse fuera del plazo indicado, se les tendrá por parte para los trámites no precluidos, continuando el procedimiento por sus trámites y sin que haya lugar a practicarles en
estrados o en cualquier otra forma, notificaciones de clase alguna.
Mérida, 6 de mayo de 2021.
La Directora General de Recursos Humanos
y Asuntos Generales,
MARÍA DEL CARMEN BARROSO HORRILLO

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