Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Medicamentos Y Productos Sanitarios. (2021061440)
Resolución de 26 de abril de 2021, de la Dirección General de Planificación, Formación y Calidad Sanitarias y Sociosanitarias, por la se aprueba el Programa del curso de adaptación para la obtención de la acreditación por parte de enfermeras y enfermeros para la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 93
Martes, 18 de mayo de 2021

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CONSEJERÍA DE SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES
RESOLUCIÓN de 26 de abril de 2021, de la Dirección General de Planificación,
Formación y Calidad Sanitarias y Sociosanitarias, por la se aprueba el
Programa del curso de adaptación para la obtención de la acreditación por
parte de enfermeras y enfermeros para la indicación, uso y autorización de
dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano en la
Comunidad Autónoma de Extremadura. (2021061440)
El Real Decreto 954/2015, de 23 de octubre, por el que se regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte
los enfermeros, en su redacción dada por el Real Decreto 1302/2018, de 22 de octubre, establece, en su artículo 9, los requisitos que deben reunir las enfermeras y los enfermeros para
obtener la acreditación, tanto en el ámbito de los cuidados generales como de los cuidados
especializados, contemplando, además de la posesión del correspondiente título, la acreditación de una experiencia profesional mínima de un año o la superación de un curso de adaptación adecuado ofrecido por la Administración de manera gratuita. Asimismo, en su artículo
10, establece que el procedimiento para la acreditación de las enfermeras y los enfermeros lo
regularán las Comunidades Autónomas en el ámbito de sus competencias.
El Estatuto de Autonomía de Extremadura atribuye, en el artículo 9.1.24, a la Comunidad Autónoma de Extremadura, la competencia exclusiva en sanidad y salud pública, en lo relativo
a la organización, funcionamiento interno, coordinación y control de los centros, servicios y
establecimientos sanitarios en Extremadura, la participación en la planificación y coordinación
general de la sanidad, así como en promoción de la salud y de la investigación biomédica.
La Ley 10/2001, de 28 de junio, de Salud de Extremadura, en su artículo 7.2 dispone que la
Junta de Extremadura tiene, entre otras competencias, en relación con el Sistema Sanitario
Público de Extremadura, la planificación y ordenación de las actividades, programas y servicios sanitarios y sociosanitarios así como la de desarrollo, en su marco competencial, de la
normativa básica sanitaria, y la relativa al personal del Sistema Sanitario Público dictada en
consonancia con lo establecido en la legislación básica estatal.
En este sentido, el Decreto 25/2021, de 7 de abril, regula el procedimiento de acreditación
para la indicación, uso y autorización de la dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de las enfermeras y enfermeros que ejerzan su actividad
profesional en la Comunidad Autónoma de Extremadura, siendo también de aplicación para
la acreditación de los residentes en Extremadura y que no se encuentren desarrollando esta
actividad profesional en el momento de formular la solicitud.