Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021061284)
Resolución de 30 de abril de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza la transferencia específica plurianual a favor del Consorcio para la Gestión del Instituto Tecnológico de Rocas Ornamentales y Materiales de Construcción (INTROMAC) para financiar la investigación, desarrollo e innovación del área técnica de fomento de la calidad, eficiencia energética y energías renovables en los demostradores en energía y arquitectura experimental del Centro de Innovación y Calidad de la Edificación (EDEA-CICE), en el ámbito de la Dirección General de Arquitectura y Calidad de la Edificación de la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda, para los ejercicios 2021 a 2024.
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NÚMERO 92
Lunes, 17 de mayo de 2021

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El carácter plurianual del convenio viene justificado por el tipo de programas que se han de
acometer en el mismo, es decir poniendo como ejemplo el programa A4 de Actuaciones en
materia de I+D+i, este convenio viene a cubrir proyectos de I+D+i que en muchos casos
son presentados a programas europeos, por ejemplo programa LIFE+ o programa Horizonte
Europa donde, la redacción, presentación, evaluación y desarrollo de estos proyectos siempre
contemplan varios años dándole un carácter plurianual, siendo casi en todas las ocasiones
un mínimo de 3 o 4 años. Otros programas como el programa A1, Fomento de la calidad en
la edificación o el programa A2 de mantenimiento integral justifican su actividad plurianual
justamente en los ciclos de actividades que son realizados en el seno de los mismos, es decir
por ejemplo el mantenimiento contempla programas de mantenimiento tan largos que pueden arrancar un año y acabar su ciclo entero 2 años después. Otro programa que tiene un
carácter claramente plurianual es el A5 Posicionamiento nacional e internacional, ya que este
posicionamiento se consigue siendo parte activas de determinadas redes de tipo nacional e
internacional varios años, no tendría sentido únicamente pertenecer a las mismas únicamente
un año, ya que en estas redes se acometen actividades que sobrepasan el horizonte temporal
de un año. Así pues, dado que los programas contemplados en el convenio tienen este carácter plurianual es lógico que doten al convenio con el mismo horizonte temporal.
Las actuaciones del presente convenio mantienen la estructura que la transferencia anterior,
no obstante, y fruto de la ejecución y mejora de la transferencia anterior, se han visto que
algunas de ellas eran mejor agruparlas en una única actuación. Así pues, la actuación 4 y 5
del convenio anterior se han fusionado en una nueva actuación número 4 que engloba a ambas. Las actividades en la nueva actuación son las mismas, pero mejora la eficiencia a la hora
de contar los indicadores. De manera general los alcances han aumentado en alguna de las
nuevas actuaciones, por ejemplo, en el caso de la actuación 7 Asesoramiento y colaboración
en el ámbito de la edificación, se ha visto con referencia a la transferencia anterior que era
necesario una mayor inversión en tiempo ya que el carácter normativo y reglamentario de
las actividades técnicas que tienen que ver con la temática del convenio se ha multiplicado
exponencialmente.
Asimismo, las actuaciones que enmarca este convenio continuaran reforzando los objetivos
de “Favorecer el paso a una economía baja en carbono en todos los sectores”, “Apoyo de la
eficiencia energética, de la gestión inteligente de la energía y del uso de energías renovables
en las infraestructuras públicas, incluidos los edificios públicos, y en las viviendas”, Mejorar la
eficiencia energética y reducción de emisiones de CO2 en la edificación y en las infraestructuras y servicios públicos”, y . Aumentar el uso de las energías renovables para producción de
electricidad y usos térmicos en edificación y en infraestructuras públicas, en particular favoreciendo la generación a pequeña escala en puntos cercanos al consumo”,