Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021061284)
Resolución de 30 de abril de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza la transferencia específica plurianual a favor del Consorcio para la Gestión del Instituto Tecnológico de Rocas Ornamentales y Materiales de Construcción (INTROMAC) para financiar la investigación, desarrollo e innovación del área técnica de fomento de la calidad, eficiencia energética y energías renovables en los demostradores en energía y arquitectura experimental del Centro de Innovación y Calidad de la Edificación (EDEA-CICE), en el ámbito de la Dirección General de Arquitectura y Calidad de la Edificación de la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda, para los ejercicios 2021 a 2024.
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NÚMERO 92
Lunes, 17 de mayo de 2021

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conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, ejercerá las competencias que en materia de infraestructuras viarias tenía atribuidas la anterior Consejería de
Economía e Infraestructuras, las de transporte asignadas a la anterior Consejería de Medio
Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio, así como las competencias en materia de
vivienda anteriormente ejercidas por la Consejería de Sanidad y Políticas Sociales.
Así mismo, el Decreto 87/2019, de 2 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, indica en su
artículo 21 que, como uno de los órganos directivos de la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda, la Dirección General de Arquitectura y Calidad de la Edificación tendrá como
competencias específicas, bajo la superior dirección de la persona titular de la Consejería, las
relacionadas con la calidad edificatoria, eficiencia , control técnico de la edificación e impulso
de nuevas tipologías de construcción y aquellas relativas a la regeneración, rehabilitación y
renovación urbana y su desarrollo normativo.
De manera más concreta, el Decreto 167/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la
estructura orgánica de la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda (DOE n.º 214, de 6
de noviembre), específica en su artículo 4, entre otras, las siguientes competencias con especial incidencia en los objetivos del presente Convenio:
a) Impulsar, de forma coordinada y/o en colaboración, medidas para el fomento de la rehabilitación integral, renovación y revitalización del patrimonio edificado, a fin de hacer
posible la satisfacción del derecho a disfrutar de una vivienda por parte de los ciudadanos en condiciones de habitabilidad, funcionalidad, eficiencia energética, accesibilidad y
seguridad.
b) Proponer los criterios generales que han de informar y orientar la planificación en materia de calidad en la edificación.
c) Evaluar las actividades derivadas de los programas y planes de calidad en la edificación
en Extremadura.
d) Garantizar, en la esfera de su competencia y a través de los laboratorios y centros homologados en la Comunidad Autónoma de Extremadura, la correcta ejecución de los diferentes sistemas constructivos, con especial incidencia en los laboratorios y entidades
de calidad de la edificación.
e) F
 omentar la formación profesional de los trabajadores y agentes de la edificación, sin
perjuicio de las competencias que corresponden a los distintos departamentos de la
Junta de Extremadura.