Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021061391)
Resolución de 6 de mayo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Cambio de uso forestal a agrícola en la finca El Noque", en el término municipal de Villanueva de la Sierra (Cáceres). Expte.: IA18/2110.
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Viernes, 14 de mayo de 2021

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mismo, basándose en una serie de consideraciones incluidas en el informe entre las
que destacan la posibilidad de fragmentación y eliminación de los hábitats de interés comunitario (brezales secos y lagunas temporales mediterráneas) y especies de
flora protegida y de valor ecológico existentes en la zona de actuación; la afección
a una zona considerada como área favorable para el lince ibérico (según el Plan de
Recuperación del lince ibérico (Lynx pardinus) en Extremadura); la alta probabilidad
de reproducción en la zona por parte de especies de aves forestales consideradas
especies Natura 2000; las directrices y recomendaciones de gestión y conservación
del Plan Director de la Red Natura 2000 y el Plan de Gestión de la ZEC “Sierras de
Risco Viejo”; la elevada afección paisajística; los riesgos potenciales de erosión; y
las inconcreciones y contradicciones detectadas en el EsIA sobre la localización del
arbolado forestal a eliminar (cuya corta no podrá autorizarse sin el preceptivo informe de afección a la Red Natura 2000) y los desbroces a llevar a cabo, la omisión
de la presencia de hábitats de interés comunitario en el estudio de afección a la Red
Natura 2000 aportado por el promotor, el supuesto carácter agrícola de la zona de
actuación, así como las contradicciones sobre las labores de preparación del terreno
y las medidas para compensar los impactos ambientales.


— Con fecha 10 de septiembre de 2019, el Servicio de Ordenación y Gestión Forestal
de la Dirección General de Política Forestal, emite informe en el que se indica que la
vegetación actual de la superficie solicitada, formada por una masa de matorral con
especies que suponen una etapa poco evolucionada de vegetación y la presencia de
pies dispersos de Pinus pinaster, tiene un escaso valor forestal. En el informe se indica que la zona de actuación se encuentra rodeada de zonas con una marcada vocación agrario-ganadera, por lo que el cultivo de frutales aporta a la zona una notable
mejora de la economía, fomentando el empleo rural y el principal sector económico
de estas zonas y este tipo de parcelas. Por todo ello, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 40 de la Ley 43/2003, de 21 de diciembre de Montes, modificada
por la Ley 21/2015, de 20 de julio y en el artículo 266 de la Ley 6/2015, Agraria de
Extremadura, informa favorablemente el cambio de uso solicitado, autorizando la
corta de los pies de pinos localizados en la superficie de actuación, debiendo tener
en cuenta las consideraciones relativas al protocolo de actuación sobre el nematodo
del pino (las cuales se incluyen en el informe emitido), al estar la zona de actuación
incluida dentro de la zona de vigilancia, debiéndose poner en contacto antes de comenzar los trabajos con el Servicio de Sanidad Vegetal de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio.



Estas alegaciones han sido consideradas en el análisis técnico del expediente a la hora
de formular la presente declaración de impacto ambiental y la contestación a las mismas debe entenderse implícita en las medidas preventivas, protectoras, correctoras
y compensatorias a las que se sujetará la ejecución del proyecto y el desarrollo de la
actividad.