Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021061391)
Resolución de 6 de mayo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Cambio de uso forestal a agrícola en la finca El Noque", en el término municipal de Villanueva de la Sierra (Cáceres). Expte.: IA18/2110.
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Viernes, 14 de mayo de 2021



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A continuación, se resumen los aspectos ambientales más significativos contenidos en
los informes recibidos.



— Con fecha 27 de noviembre de 2018, el Prevención y Extinción de Incendios perteneciente a la antigua Dirección General de Medio Ambiente comunica que en la parcela
75 del polígono 5 del término municipal de Villanueva de la Sierra, existe una coordenada por incendio, según la base de datos de la Estadística General de Incendios
Forestales.

— Con fecha 14 de marzo de 2019, el Servicio de Infraestructuras Rurales perteneciente a la antigua Secretaría General de Desarrollo Rural y Territorio informa que
el proyecto no afecta a ninguna vía pecuaria clasificada del término municipal de
Villanueva de la Sierra, dado que no existen vías pecuarias clasificadas en el mismo
(según el acta de 17/02/1965).


— Con fecha 19 de marzo de 2019 el Servicio de Ordenación del Territorio perteneciente
a la Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio, emite informe en
el que se valora la incidencia del proyecto con el Plan Territorial de la Sierra de Gata
(PTSG). Respecto al planeamiento territorial, se indica que el PTSG se encuentra
aprobado definitivamente, mientras que respecto al planeamiento urbanístico, se
indica que el Plan General Municipal (PGM) se encuentra igualmente aprobado definitivamente. Concluye el informe indicando que las disposiciones establecidas en el
PTSG con grado de aplicación NAD2 no son de directa aplicación en el término municipal de Villanueva de la Sierra, al tener como instrumento urbanístico un PGM con
aprobación definitiva anterior a la entrada en vigor del PTSG y no haber transcurrido
el periodo de transición de la Disposición Adicional Única. Por otro lado, teniendo en
cuenta el contenido del informe emitido y según la documentación examinada en el
EsIA, el proyecto a realizar no se puede incluir tampoco como uso agropecuario, sino
que serían las instalaciones y construcciones vinculadas directamente a estas, no
obstante, estas construcciones vinculadas, en el ámbito donde se pretende el cambio
de uso forestal a terrenos agrícolas, serían un uso propio o permitido. Por lo tanto,
se informa sin afección el proyecto en cuanto a la compatibilidad de la actuación con
el PTSG.



— Con fecha 29 de marzo de 2019, la Confederación Hidrográfica del Tajo (CHT) emite
informe en el que se indican los requisitos normativos para la obtención de posibles
captaciones de aguas públicas, y medidas de protección de las aguas superficiales y
subterráneas frente a la generación de residuos, la aplicación de fertilizantes y herbicidas y la protección del dominio público hidráulico (DPH) y sus zonas de servidumbre y policía, indicándose la proximidad del arroyo de Azahar en la zona afectada.