Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Biocombustibles. Ayudas. (2021061166)
Resolución de 22 de abril de 2021, de la Secretaría General, por la que se establece la convocatoria de ayudas destinadas al fomento de la utilización de biocombustibles, (leña de quercíneas), en el secado tradicional del pimiento para pimentón en la comarca de La Vera, en la Comunidad Autónoma de Extremadura para la campaña 2020/2021.
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NÚMERO 91

24151

Viernes, 14 de mayo de 2021

TOTAL PIMIENTO (KG) ............................................
16. Ayudas de mínimis.

 Que no ha solicitado ni obtenido ningún tipo de ayudas de mínimis de cualquier
Administración o Ente Público, nacional o internacional, durante el ejercicio fiscal
correspondiente y durante los dos ejercicios fiscales anteriores.

 Que ha solicitado u obtenido las siguientes ayudas de mínimis en de cualquier Administración
o Ente Público, nacional o internacional, durante el ejercicio fiscal correspondiente y durante
los dos ejercicios fiscales anteriores, y son las siguientes:
TIPO DE AYUDA

CUANTIA DE LA
AYUDA

FECHA

17. Declara que cumple los siguientes criterios de valoración para determinar la puntuación y
establecer la prelación entre solicitudes y solicita se le valoren positivamente:
(marcar con una X los casos en los que se encuentre el titular de la explotación)
CRITERIO DE PRIORIDAD

PUNTUACIÓN

La persona solicitante ha sido productora o productor de pimiento para pimentón en las
últimas tres campañas.
La persona solicitante ha comercializado la producción de pimiento seco, de la campaña
para la que solicita ayuda, bajo Contrato Homologado de pimiento seco con Denominación
de Origen Protegida “Pimentón de la Vera”
La persona solicitante está inscrita como productora o productor de pimiento en la
Denominación de Origen Protegida “Pimentón de La Vera” con fecha anterior a la fecha
publicación de la convocatoria de ayuda.
La persona solicitante está inscrita y con certificado vigente en el Registro de Operadores
Titulares de Fincas Agropecuarias de Producción Ecológica de pimiento con fecha anterior
a la fecha publicación de la convocatoria de ayuda.
La persona solicitante está inscrita y las parcelas de pimiento cuentan con validación de
certificación positiva en el Registro de Operadores/Productores de Producción Integrada de
Pimiento para pimentón para la campaña en la que solicita la ayuda.
La persona solicitante ha sido beneficiaria de una ayuda a la primera instalación de jóvenes
en la Empresa Agraria, financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo
Rural en los últimos 5 años contados desde la fecha publicación de la convocatoria de
ayuda hasta la resolución de concesión de la ayuda a la primera instalación.
La persona solicitante es titular de una explotación que tiene reconocida la calificación de
Explotación Prioritaria en el Registro de Explotaciones de la Consejería de Agricultura,
Desarrollo Rural, Población y Territorio vigente con fecha anterior al 31 de diciembre del
año anterior a la solicitud.
La persona solicitante tiene reconocida la condición de Agricultor a Título Principal (ATP)
en el Registro de Explotaciones de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural,
Población y Territorio vigente con fecha anterior al 31 de diciembre del año anterior a la
solicitud.

DECLARA
QUE
CUMPLE
(X)

3
3
2
2
1

1

1

1

SE COMPROMETE A:
1. Devolver las ayudas cobradas indebidamente si así lo solicitara la autoridad competente,
incrementadas, en su caso, en el interés legal correspondiente.
2. Colaborar para facilitar la realización de los controles, tanto administrativos como sobre el terreno,
que la autoridad competente considere necesarios para verificar que se cumplen las condiciones
reglamentarias para la concesión de las ayudas.

AUTORIZA:

 AUTORIZA al órgano gestor para recabar los certificados o información con la finalidad de
acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria.



AUTORIZA que en el caso de que la cuenta bancaria indicada no se encuentre activa en el
Sistema de Terceros de la Administración Regional, que el pago de estas ayudas se realice a
cualquier otro de los ordinales que se encuentren activos.