Consejería De Educación Y Empleo. Programas De Formación Profesional Básica. Ayudas. (2021061378)
Extracto de la Resolución de 22 de abril de 2021, de la Dirección General de Formación Profesional y Formación para el Empleo, por la que se convocan las ayudas para el desarrollo de programas formativos específicos de formación profesional básica en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2021/2022 para talleres profesionales, y para los cursos 2021/2022 Y 2022/2023 para talleres específicos.
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NÚMERO 91
Viernes, 14 de mayo de 2021

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EXTRACTO de la Resolución de 22 de abril de 2021, de la Dirección General de
Formación Profesional y Formación para el Empleo, por la que se convocan las
ayudas para el desarrollo de programas formativos específicos de formación
profesional básica en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el
curso 2021/2022 para talleres profesionales, y para los cursos 2021/2022 Y
2022/2023 para talleres específicos. (2021061378)
BDNS(Identif.): 562551
BDNS(Identif.): 562552
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de
17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente DOE.
Primero. Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarias de las ayudas previstas en la presente convocatoria las siguientes
entidades:
1. Podrán obtener la condición de beneficiarios de estas ayudas:
a) Las Mancomunidades de municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
b) Las asociaciones profesionales, organizaciones no gubernamentales y otras entidades
empresariales y sindicales.
2. Serán requisitos generales de dichas entidades:
a) Cumplir con los requisitos establecidos para obtener la condición de beneficiario, según
lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.
b) 
Disponer de las infraestructuras necesarias para el desarrollo de los programas solicitados en función de los módulos formativos y profesionales que lo integren, según lo establecido en la normativa que regula su currículo y que estará disponible en la sección de ayudas y subvenciones en la página web
http://www.educarex.es/eda/programas-especificos-basica.html.
3. Serán requisitos específicos:
a) Para las asociaciones profesionales, organizaciones no gubernamentales y otras entidades empresariales y sindicales:


— Carecer de ánimo de lucro.