Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Información Pública. (2021080611)
Anuncio de 3 de mayo de 2021 por el que se somete a información pública el estudio de impacto ambiental correspondiente al parque eólico "Garciaz", cuyos aerogeneradores se encuentran ubicados en el término municipal de Garciaz (Cáceres), e infraestructura de evacuación de energía eléctrica asociada. Expte.: IA20/1533.
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NÚMERO 91
Viernes, 14 de mayo de 2021

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• Subestación eléctrica transformadora denominada “ST PE Garciaz 132/30 kV,” a construir
en el polígono 20, parcela 19 del término municipal de Garciaz (Cáceres). Se trata de una
subestación común para este parque y los parques eólicos denominados PE “Conquista”
(IA20/1531) y PE “Madroñera” (IA20/1534), objeto de otros proyectos.
• Línea de evacuación aérea de 132 kV, y 22.689 m de longitud, con origen en la “ST PE
Garciaz 132/30 kV” y final en la SET “FV Francisco Pizarro 400/30 kV” sita en el polígono
1, parcela 31 del término municipal de Aldeacentenera (Cáceres), propiedad de Proyecto
Solar Francisco Pizarro, SL, (objeto de otro proyecto). La línea discurrirá por los términos
municipales de Garciaz, Madroñera y Aldeacentenera.
• Ampliación de la SET “FV Francisco Pizarro 400/30 kV”, mediante la instalación de una
posición de línea aérea de 132 kV y un autotransformador elevador 400/132/33 kV de
200 MVA.
El promotor del proyecto es Iberonova Promociones, SAU, con NIF A82104001 y domicilio
social en la calle Tomás Redondo, 1, 28033, Madrid.
El órgano competente para el otorgamiento de la autorización sustantiva es la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad.
El órgano competente para la formulación de la declaración de impacto ambiental relativa al
proyecto la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y
Sostenibilidad de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.1 d) del Decreto 170/2019, de
29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, modificado por el Decreto 20/2021, de 31 de marzo.
Así mismo, la declaración de impacto ambiental producirá en sus propios términos los efectos
de la calificación urbanística, acreditando la idoneidad urbanística de los bienes inmuebles
sobre los que pretende implantarse la actividad, por disponerlo así el artículo 71.3 de la Ley
16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Lo que se comunica a los efectos oportunos y para el general conocimiento.
Mérida, 3 de mayo de 2021. El Director General de Sostenibilidad, JESÚS MORENO PÉREZ.