Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021061361)
Resolución de 6 de mayo de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza una transferencia específica a favor de la empresa pública Extremadura Avante Servicios Avanzados a PYMES, SLU, para financiar la ejecución del programa de captación y atracción de inversiones 2021-2022.
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NÚMERO 88
Martes, 11 de mayo de 2021
23488
Para la justificación de los gastos y los pagos realizados, en lugar de la documentación en
soporte original, se deberá presentar:
— Certificado de justificación de Inversiones del Consejero Delegado de Extremadura
Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, (Modelo 1. Certificado de justificación de
inversiones).
— Cuenta justificativa, entendida como operación de pago, se realizará mediante un
cuadro resumen al inicio de la misma, con identificación de los gastos según su naturaleza (Modelo 2. Cuadro resumen de las actividades de la transferencia).
— Relación de gastos (Modelo 3: Relación de facturas imputadas y justificantes de
pago).
— Relación nominativa firmada y sellada por el órgano competente relativa a los gastos
del personal asignado a la transferencia (Modelo 4. Gastos de personal de cada trabajador imputado a la transferencia).
— Liquidación de dietas y desplazamientos, especificando detalladamente la actividad
que motivan el gasto (Modelo 5. Dietas y desplazamientos de cada trabajador imputado a la transferencia).
Los costes de personal serán imputables siempre y cuando las personas asignadas al
programa se hallen dedicados a tiempo completo a la ejecución de las actividades en él
contenidas.
Cuando se realicen finiquitos por finalización del servicio contratado, por renuncia o despido del empleado, no se tendrán en cuenta a efectos de gasto de la transferencia, dado
que estos gastos no responden a la ejecución de las actividades objeto del programa, ni se
generan por el trabajo efectivo desempeñado por los empleados.
b) Memoria técnica y entregables.
La memoria técnica describirá, para cada actividad, las operaciones ejecutadas en el periodo a que atiende la solicitud de liquidación e irá acompañada de los entregables especificados en la matriz de actividades. En particular, los informes de misión serán presentados,
a más tardar, 20 días naturales después de finalizada la misma.
La memoria técnica deberá presentarse antes del 31 de marzo de la anualidad siguiente a
la que se ejecute el gasto tal y como se establece en el apartado 2 de la cláusula sexta del
convenio.
Martes, 11 de mayo de 2021
23488
Para la justificación de los gastos y los pagos realizados, en lugar de la documentación en
soporte original, se deberá presentar:
— Certificado de justificación de Inversiones del Consejero Delegado de Extremadura
Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, (Modelo 1. Certificado de justificación de
inversiones).
— Cuenta justificativa, entendida como operación de pago, se realizará mediante un
cuadro resumen al inicio de la misma, con identificación de los gastos según su naturaleza (Modelo 2. Cuadro resumen de las actividades de la transferencia).
— Relación de gastos (Modelo 3: Relación de facturas imputadas y justificantes de
pago).
— Relación nominativa firmada y sellada por el órgano competente relativa a los gastos
del personal asignado a la transferencia (Modelo 4. Gastos de personal de cada trabajador imputado a la transferencia).
— Liquidación de dietas y desplazamientos, especificando detalladamente la actividad
que motivan el gasto (Modelo 5. Dietas y desplazamientos de cada trabajador imputado a la transferencia).
Los costes de personal serán imputables siempre y cuando las personas asignadas al
programa se hallen dedicados a tiempo completo a la ejecución de las actividades en él
contenidas.
Cuando se realicen finiquitos por finalización del servicio contratado, por renuncia o despido del empleado, no se tendrán en cuenta a efectos de gasto de la transferencia, dado
que estos gastos no responden a la ejecución de las actividades objeto del programa, ni se
generan por el trabajo efectivo desempeñado por los empleados.
b) Memoria técnica y entregables.
La memoria técnica describirá, para cada actividad, las operaciones ejecutadas en el periodo a que atiende la solicitud de liquidación e irá acompañada de los entregables especificados en la matriz de actividades. En particular, los informes de misión serán presentados,
a más tardar, 20 días naturales después de finalizada la misma.
La memoria técnica deberá presentarse antes del 31 de marzo de la anualidad siguiente a
la que se ejecute el gasto tal y como se establece en el apartado 2 de la cláusula sexta del
convenio.