Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021061361)
Resolución de 6 de mayo de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza una transferencia específica a favor de la empresa pública Extremadura Avante Servicios Avanzados a PYMES, SLU, para financiar la ejecución del programa de captación y atracción de inversiones 2021-2022.
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NÚMERO 88
Martes, 11 de mayo de 2021
23448
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 87/2019, de 2 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura y en el artículo 3 del Decreto 165/2019, de 29 de octubre, (DOE núm. 214, de
6 de noviembre), corresponde a la Secretaría General de Economía y Comercio, bajo la superior dirección de la persona titular de la Consejería, en el ámbito de las atribuciones que le
confiere el artículo 59 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la gestión de las competencias en materia de
política económica, comercio exterior e inversiones, comercio interior, promoción y defensa
de la competencia, y unidad de mercado, así como estadística.
Concretamente, a tenor del artículo 3, apartado 4 del citado Decreto 165/2019, de 29 de
octubre, (DOE núm. 214, de 6 de noviembre), corresponde a la Secretaría General de Economía y Comercio, el desempeño de las siguientes funciones en materia de comercio exterior e
inversiones:
a) El fomento de la internacionalización de la economía extremeña a través de la implementación de instrumentos apropiados de apoyo en favor de las empresas, incluyendo
la formación de técnicos en comercio internacional.
b) La promoción de la región extremeña como destino de inversiones, tanto a nivel nacional como internacional, con el fin de proyectar hacia el exterior oportunidades de
inversión empresarial, así como captar proyectos que generen impacto en la creación
de empleo y actividad económica en la Comunidad Autónoma.
c) La planificación de actuaciones encaminadas a la identificación y localización de sectores estratégicos para posibles inversiones en la región, incluyendo el establecimiento
de mecanismos de cooperación y coordinación con otras Administraciones Públicas, en
el ámbito estatal, autonómico, provincial y local, para la formulación de programas de
apoyo a la captación de inversiones en Extremadura.
d) La coordinación e interlocución entre los inversores interesados en implantarse en la
región y los diferentes departamentos de la Administración.
e) E
l asesoramiento, acompañamiento y seguimiento de los proyectos de inversión que se
tramiten en la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con objeto
de facilitar la información y agilizar la tramitación administrativa.
f) El apoyo y acompañamiento de la empresa extremeña en la formulación y búsqueda de
financiación de proyectos de cooperación interempresarial en el exterior.
g) La representación institucional de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital
en los estamentos relacionados con el comercio exterior y la atracción de inversiones.
Martes, 11 de mayo de 2021
23448
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 87/2019, de 2 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura y en el artículo 3 del Decreto 165/2019, de 29 de octubre, (DOE núm. 214, de
6 de noviembre), corresponde a la Secretaría General de Economía y Comercio, bajo la superior dirección de la persona titular de la Consejería, en el ámbito de las atribuciones que le
confiere el artículo 59 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la gestión de las competencias en materia de
política económica, comercio exterior e inversiones, comercio interior, promoción y defensa
de la competencia, y unidad de mercado, así como estadística.
Concretamente, a tenor del artículo 3, apartado 4 del citado Decreto 165/2019, de 29 de
octubre, (DOE núm. 214, de 6 de noviembre), corresponde a la Secretaría General de Economía y Comercio, el desempeño de las siguientes funciones en materia de comercio exterior e
inversiones:
a) El fomento de la internacionalización de la economía extremeña a través de la implementación de instrumentos apropiados de apoyo en favor de las empresas, incluyendo
la formación de técnicos en comercio internacional.
b) La promoción de la región extremeña como destino de inversiones, tanto a nivel nacional como internacional, con el fin de proyectar hacia el exterior oportunidades de
inversión empresarial, así como captar proyectos que generen impacto en la creación
de empleo y actividad económica en la Comunidad Autónoma.
c) La planificación de actuaciones encaminadas a la identificación y localización de sectores estratégicos para posibles inversiones en la región, incluyendo el establecimiento
de mecanismos de cooperación y coordinación con otras Administraciones Públicas, en
el ámbito estatal, autonómico, provincial y local, para la formulación de programas de
apoyo a la captación de inversiones en Extremadura.
d) La coordinación e interlocución entre los inversores interesados en implantarse en la
región y los diferentes departamentos de la Administración.
e) E
l asesoramiento, acompañamiento y seguimiento de los proyectos de inversión que se
tramiten en la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con objeto
de facilitar la información y agilizar la tramitación administrativa.
f) El apoyo y acompañamiento de la empresa extremeña en la formulación y búsqueda de
financiación de proyectos de cooperación interempresarial en el exterior.
g) La representación institucional de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital
en los estamentos relacionados con el comercio exterior y la atracción de inversiones.