Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021061361)
Resolución de 6 de mayo de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza una transferencia específica a favor de la empresa pública Extremadura Avante Servicios Avanzados a PYMES, SLU, para financiar la ejecución del programa de captación y atracción de inversiones 2021-2022.
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NÚMERO 88
Martes, 11 de mayo de 2021
23460
h) E
levar a los órganos superiores respectivos de las propuestas, informes o decisiones
que exijan aprobación de los mismos.
i) Cualesquiera otras conducentes al logro de los objetivos propuestos.
3. L
a Comisión se reunirá con la periodicidad que se acuerde, al menos una vez cada semestre
y, en su caso, a instancia de cualquiera de las entidades que suscriben el presente convenio, debiendo avisar a la otra parte con una antelación mínima de cinco días, mediante
comunicación que indicará el lugar, la fecha y los asuntos a tratar. Dichas reuniones podrán
tener lugar en las instalaciones de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura o en las oficinas de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, Dicha
Comisión se constituirá dentro de los 30 días siguientes a la firma del presente convenio.
Los acuerdos de la comisión se adoptaran por mayoría de votos, disponiendo el presidente
de voto de calidad en caso de empate en las votaciones.
En el primer trimestre del año 2022, la Comisión de Seguimiento realizará una evaluación
de las actividades ejecutadas en el ejercicio anterior, a la luz de los valores constatados
de los indicadores de producto, y propondrá, si fuera preciso, los cambios que se estimen
convenientes para una mejor ejecución del programa, que deberán ser recogidos, en su
caso, en una adenda a este convenio.
4. L
a Comisión de Seguimiento podrá celebrar sus reuniones vía telemática. A tales fines, el
Secretario de la Comisión dispondrá de los medios necesarios y apropiados y organizará la
celebración de las reuniones a distancia.
Novena. Eficacia del convenio.
El presente convenio será eficaz desde el día de su firma y estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2022, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 2 de la clausula quinta, sobre la
ejecución y cobertura de los gastos de las actividades, así como sobre el plazo y la forma de
justificar la transferencia.
Excepto acuerdo entre las partes, la finalización de los efectos del presente convenio no supondrá la extinción de las acciones que se estuvieran ejecutando a su amparo, debiéndose
finalizar a plena satisfacción de la Junta de Extremadura. Asimismo, cualquiera de las partes
podrá, en todo momento, formular denuncia escrita ante la otra con una antelación mínima
de tres meses a la fecha en que desee dar por finalizado el presente convenio, sin perjuicio de
lo recogido en el párrafo anterior sobre la terminación completa de las actividades que estén
en ejecución.
Martes, 11 de mayo de 2021
23460
h) E
levar a los órganos superiores respectivos de las propuestas, informes o decisiones
que exijan aprobación de los mismos.
i) Cualesquiera otras conducentes al logro de los objetivos propuestos.
3. L
a Comisión se reunirá con la periodicidad que se acuerde, al menos una vez cada semestre
y, en su caso, a instancia de cualquiera de las entidades que suscriben el presente convenio, debiendo avisar a la otra parte con una antelación mínima de cinco días, mediante
comunicación que indicará el lugar, la fecha y los asuntos a tratar. Dichas reuniones podrán
tener lugar en las instalaciones de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura o en las oficinas de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, Dicha
Comisión se constituirá dentro de los 30 días siguientes a la firma del presente convenio.
Los acuerdos de la comisión se adoptaran por mayoría de votos, disponiendo el presidente
de voto de calidad en caso de empate en las votaciones.
En el primer trimestre del año 2022, la Comisión de Seguimiento realizará una evaluación
de las actividades ejecutadas en el ejercicio anterior, a la luz de los valores constatados
de los indicadores de producto, y propondrá, si fuera preciso, los cambios que se estimen
convenientes para una mejor ejecución del programa, que deberán ser recogidos, en su
caso, en una adenda a este convenio.
4. L
a Comisión de Seguimiento podrá celebrar sus reuniones vía telemática. A tales fines, el
Secretario de la Comisión dispondrá de los medios necesarios y apropiados y organizará la
celebración de las reuniones a distancia.
Novena. Eficacia del convenio.
El presente convenio será eficaz desde el día de su firma y estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2022, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 2 de la clausula quinta, sobre la
ejecución y cobertura de los gastos de las actividades, así como sobre el plazo y la forma de
justificar la transferencia.
Excepto acuerdo entre las partes, la finalización de los efectos del presente convenio no supondrá la extinción de las acciones que se estuvieran ejecutando a su amparo, debiéndose
finalizar a plena satisfacción de la Junta de Extremadura. Asimismo, cualquiera de las partes
podrá, en todo momento, formular denuncia escrita ante la otra con una antelación mínima
de tres meses a la fecha en que desee dar por finalizado el presente convenio, sin perjuicio de
lo recogido en el párrafo anterior sobre la terminación completa de las actividades que estén
en ejecución.