Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021061328)
Resolución de 29 de abril de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Concesión de aguas subterráneas para puesta en riego de 24,9 hectáreas de olivar" cuyo promotor es D. Francisco Sánchez García, en los términos municipales de Zalamea de la Serena y Monterrubio de la Serena (Badajoz). Expte.: IA19/0682.
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NÚMERO 88
Martes, 11 de mayo de 2021

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3.3. Características del potencial impacto.


— Red Natura 2000 y Áreas Protegidas.

El Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas de la DGS indica
que la actividad no se encuentra incluida dentro de espacios de la Red Natura 2000
ni de otras Áreas Protegidas de Extremadura.


— Sistema hidrológico y calidad de las aguas.



La Confederación Hidrográfica del Guadiana comunica que la actividad proyectada
no ocuparía el DPH del Estado, pero sí la zona de policía de un arroyo tributario del
arroyo del Lobo. De acuerdo con los artículos 6 y 7 del Reglamento del DPH, los
terrenos (márgenes) que lindan con los cauces, están sujetos en toda su extensión
longitudinal a:



• Una zona de servidumbre de 5 metros de anchura para uso público, con los
siguientes fines: protección del ecosistema fluvial y del DPH; paso público peatonal, vigilancia, conservación y salvamento; y varado y amarre de embarcaciones en caso de necesidad.



• Una zona de policía de 100 metros de anchura en la que se condiciona el uso
del suelo y las actividades que se desarrollen.



Por otro lado, indica que la captación del recurso se sitúa fuera de las masas de
aguas subterráneas definidas en el Plan Hidrológico de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Guadiana, y que es compatible con el Plan Hidrológico
de cuenca, estando en todo caso, a lo dispuesto en la correspondiente resolución
sobre la solicitud de concesión de aguas superficiales para riego solicitada por el
promotor.



En cuanto al consumo de agua, estimado en 43.986,24 m3/año, procedentes de
tres pozos de sondeo, la Confederación Hidrográfica del Guadiana comunica que la
captación del recurso se sitúa dentro del Sistema de Explotación Central definido
en el Plan Hidrológico de cuenca, indicando que la solicitud de concesión de aguas
subterráneas es compatible con el Plan Hidrológico de cuenca, siempre que se
acredite la disponibilidad de recursos, estando en cualquier caso a lo dispuesto en
la correspondiente resolución sobre la tramitación de la solicitud de concesión de
aguas subterráneas para riego solicitada por el promotor.