Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021061317)
Resolución de 28 de abril de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Planta solar fotovoltaica Puebla 13 MW" cuyo promotor es Foto-Generación Talía, SLU, en el término municipal de Puebla de Sancho Pérez (Badajoz). Expte.: IA20/874.
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NÚMERO 88
Martes, 11 de mayo de 2021
23633
5. Programa de Vigilancia Ambiental.
1. El promotor deberá elaborar anualmente un Programa de Vigilancia Ambiental y designar un Coordinador Medioambiental, que se encargue de la verificación del cumplimiento del Informe de Impacto Ambiental y de las medidas contenidas en el en documento
ambiental del proyecto, así como de la realización del seguimiento correspondiente a
dicho Programa de Vigilancia Ambiental.
2. El Coordinador Medioambiental, responsable del seguimiento ambiental de las obras
presentará los correspondientes informes de seguimiento, además de informar de cualquier cambio sobre el proyecto original.
3. El Programa de Vigilancia Ambiental, se remitirá anualmente a la Dirección General de
Sostenibilidad para su supervisión. Este programa incluirá, entre otras actuaciones, la
realización de visitas estratégicas y la elaboración y remisión, a esta Dirección General
de Sostenibilidad, de los correspondientes informes de seguimiento, que debe incluir al
menos la siguiente información:
— Estado de desarrollo de las obras con los correspondientes informes, tanto ordinarios como extraordinarios o de incidencia. Los informes ordinarios deben incluir los
informes iniciales, periódicos y final. Los informes extraordinarios se elaborarán para
tratar cualquier incidencia con trascendencia ambiental que pudiera darse en la obra.
— Datos de las visitas de inspección a las instalaciones (personal inspector, fecha, incidencias...).
— La verificación de la eficacia y correcto cumplimiento de las medidas que conforman
el condicionado del presente informe.
— Control de las entradas y salidas de los residuos de construcción y demolición.
— Gestión de las distintas categorías de residuos tratados, así como los justificantes de
entrega a Gestor Autorizado.
— Cualquier otra incidencia que sea conveniente resaltar.
— Además, se incluirá un anexo fotográfico (en color) de las obras. Dichas imágenes
serán plasmadas sobre un mapa, con el fin de saber desde qué lugares han sido realizadas.
— En base al resultado de estos informes se podrán exigir medidas ambientales suplementarias para corregir las posibles deficiencias detectadas y en caso necesario
acometer la correcta integración ambiental de la obra.
Martes, 11 de mayo de 2021
23633
5. Programa de Vigilancia Ambiental.
1. El promotor deberá elaborar anualmente un Programa de Vigilancia Ambiental y designar un Coordinador Medioambiental, que se encargue de la verificación del cumplimiento del Informe de Impacto Ambiental y de las medidas contenidas en el en documento
ambiental del proyecto, así como de la realización del seguimiento correspondiente a
dicho Programa de Vigilancia Ambiental.
2. El Coordinador Medioambiental, responsable del seguimiento ambiental de las obras
presentará los correspondientes informes de seguimiento, además de informar de cualquier cambio sobre el proyecto original.
3. El Programa de Vigilancia Ambiental, se remitirá anualmente a la Dirección General de
Sostenibilidad para su supervisión. Este programa incluirá, entre otras actuaciones, la
realización de visitas estratégicas y la elaboración y remisión, a esta Dirección General
de Sostenibilidad, de los correspondientes informes de seguimiento, que debe incluir al
menos la siguiente información:
— Estado de desarrollo de las obras con los correspondientes informes, tanto ordinarios como extraordinarios o de incidencia. Los informes ordinarios deben incluir los
informes iniciales, periódicos y final. Los informes extraordinarios se elaborarán para
tratar cualquier incidencia con trascendencia ambiental que pudiera darse en la obra.
— Datos de las visitas de inspección a las instalaciones (personal inspector, fecha, incidencias...).
— La verificación de la eficacia y correcto cumplimiento de las medidas que conforman
el condicionado del presente informe.
— Control de las entradas y salidas de los residuos de construcción y demolición.
— Gestión de las distintas categorías de residuos tratados, así como los justificantes de
entrega a Gestor Autorizado.
— Cualquier otra incidencia que sea conveniente resaltar.
— Además, se incluirá un anexo fotográfico (en color) de las obras. Dichas imágenes
serán plasmadas sobre un mapa, con el fin de saber desde qué lugares han sido realizadas.
— En base al resultado de estos informes se podrán exigir medidas ambientales suplementarias para corregir las posibles deficiencias detectadas y en caso necesario
acometer la correcta integración ambiental de la obra.