Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021061314)
Resolución de 27 de abril de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Planta solar fotovoltaica 4,50 MWn", cuyo promotor es Energía de la Zarza, SL, en el término municipal de La Zarza (Badajoz). Expte.: IA19/1830.
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NÚMERO 88
Martes, 11 de mayo de 2021

23593

• H

ábitat de Interés Comunitario 6310. “Dehesas perennifolias de Quercus spp”. Se
trata de formaciones arbóreas abiertas o pastizales arbolados (dehesas) de origen
fundamentalmente ganadero dominadas por especies de Quercus, sobre todo Quercus suber y Quercus rotundifolia. El Hábitat ocupa parte de las parcelas objeto de la
instalación fotovoltaica.
• O

rchis papilionacea L (Hierba del muchacho) catalogada como “De interés especial”.
Existe un rodal en el entorno de los apoyos 20-22.
El Plan Director de la Red Natura 2000 establece que constituye una amenaza potencial para las especies relacionadas en el presente informe, la instalación de tendidos
eléctricos, con un efecto directo sobre la mortalidad, y la reducción de los efectivos
poblacionales de las mismas. Dichas especies constituyen elementos clave de la ZEPA
“Sierras Centrales y Embalse de Alange”, según se recoge en el Plan de Gestión, y
cuentan con una población estable dentro del Espacio Natura 2000. Destaca por su
relevancia, la presencia fuera de los límites de la ZEPA, del Águila real, al Norte de la
línea proyectada, por tratarse de un hábitat crítico de la especie, y del dormidero de
Milano real al Sur del tramo final del trazado de la línea.
Asimismo, las instalaciones proyectadas dentro de los límites del Hábitat de Interés
Comunitario 6310, conllevarían la eliminación de ejemplares de Quercus, esenciales en
el mantenimiento de este tipo de formaciones.
V isto todo lo anterior, la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para
la Transición Ecológica y Sostenibilidad, de acuerdo con lo previsto en el artículo
56 quater de la Ley 8/1998, de 26 de junio, de Conservación de la Naturaleza y de
Espacios Naturales de Extremadura, y en el Decreto 110/2015, de 19 de mayo, por
el que se regula la red ecológica europea Natura 2000 en Extremadura, informa
desfavorablemente la actividad, por suponer una afección significativa sobre los
taxones protegidos del Anexo I del Catálogo Regional de Especies Amenazadas y
sobre los hábitats de la Directiva 92/43/CEE.
— 
El Servicio de Ordenación y Gestión Forestal emite informe con fecha 26 de marzo

de 2021, en el que se indica que, según documento ambiental, el diseño de la planta
se ha hecho respetando la mayoría de arbolado existente, necesitando sólo eliminar
3 encinas en la parcela 30, que serán trasplantadas a la parcela 52. Tras análisis y
toma de datos, se detallan las encinas que se ven afectadas por la colocación de los
paneles.