Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2021061303)
Resolución de 22 de abril de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se revisa y modifica la autorización ambiental integrada de explotación porcina en régimen intensivo, titularidad de Rosa Díaz Santos, en el término municipal de Higuera la Real, provincia de Badajoz.
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NÚMERO 87
Lunes, 10 de mayo de 2021
23362
MTD 25. La MTD consiste en supervisar las emisiones de amoniaco a la atmósfera utilizando
una de las técnicas siguientes, al menos con la frecuencia que se indica a continuación.
a. Estimación utilizando un balance de masas basado en la excreción y del nitrógeno total
(o del nitrógeno amoniacal total) presente en cada etapa de la gestión del estiércol.
b. Cálculo mediante la medición de la concentración de amoniaco y el índice de ventilación
aplicando métodos normalizados ISO, nacionales o internacionales u otros métodos que
garanticen la obtención de datos con una calidad científica equivalente.
c. Estimación utilizando factores de emisión.
MTD 26. Solo es aplicable en los casos en que se prevén molestias debidas al olor en receptores sensibles y/o se haya confirmado la existencia de tales molestias.
No será de aplicación ya que no se prevén molestias por olores a receptores sensibles.
MTD 27. La MTD consiste en supervisar las emisiones de polvo de cada alojamiento para
animales utilizando una de las técnicas siguientes, al menos con la frecuencia que se indica
a continuación.
Esta MTD no será de aplicación.
MTD 28. La MTD consiste en supervisar las emisiones de amoniaco, polvo y/u olores de cada
alojamiento animal equipado con un sistema de depuración del aire utilizando todas las técnicas siguientes, al menos con la frecuencia que se indica a continuación.
No será de aplicación ya que no cuenta con sistemas de depuración de aire.
MTD 29. La MTD consiste en supervisar los siguientes parámetros del proceso al menos una
vez al año.
a. Consumo de agua. La explotación dispondrá de contadores y llevará un registro de los
consumos.
b. Consumo de energía eléctrica. La explotación dispondrá de contadores y llevará un registro de los consumos.
c. Consumo de combustible. Se llevará un registro del consumo de combustible.
d. Número de entradas y salidas de animales, incluidos los nacimientos y muertes. La
explotación cuenta con un sistema de gestión que controla las entradas y salidas de
animales, así como los nacimientos y muertes.
Lunes, 10 de mayo de 2021
23362
MTD 25. La MTD consiste en supervisar las emisiones de amoniaco a la atmósfera utilizando
una de las técnicas siguientes, al menos con la frecuencia que se indica a continuación.
a. Estimación utilizando un balance de masas basado en la excreción y del nitrógeno total
(o del nitrógeno amoniacal total) presente en cada etapa de la gestión del estiércol.
b. Cálculo mediante la medición de la concentración de amoniaco y el índice de ventilación
aplicando métodos normalizados ISO, nacionales o internacionales u otros métodos que
garanticen la obtención de datos con una calidad científica equivalente.
c. Estimación utilizando factores de emisión.
MTD 26. Solo es aplicable en los casos en que se prevén molestias debidas al olor en receptores sensibles y/o se haya confirmado la existencia de tales molestias.
No será de aplicación ya que no se prevén molestias por olores a receptores sensibles.
MTD 27. La MTD consiste en supervisar las emisiones de polvo de cada alojamiento para
animales utilizando una de las técnicas siguientes, al menos con la frecuencia que se indica
a continuación.
Esta MTD no será de aplicación.
MTD 28. La MTD consiste en supervisar las emisiones de amoniaco, polvo y/u olores de cada
alojamiento animal equipado con un sistema de depuración del aire utilizando todas las técnicas siguientes, al menos con la frecuencia que se indica a continuación.
No será de aplicación ya que no cuenta con sistemas de depuración de aire.
MTD 29. La MTD consiste en supervisar los siguientes parámetros del proceso al menos una
vez al año.
a. Consumo de agua. La explotación dispondrá de contadores y llevará un registro de los
consumos.
b. Consumo de energía eléctrica. La explotación dispondrá de contadores y llevará un registro de los consumos.
c. Consumo de combustible. Se llevará un registro del consumo de combustible.
d. Número de entradas y salidas de animales, incluidos los nacimientos y muertes. La
explotación cuenta con un sistema de gestión que controla las entradas y salidas de
animales, así como los nacimientos y muertes.