Disposiciones Generales. Consejería De Educación Y Empleo. Educación. Premios.- (2021050068)
Orden de 4 de mayo de 2021 por la que se convoca el XIV Concurso Escolar "Día de Europa".
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 86
Viernes, 7 de mayo de 2021
I
22730
DISPOSICIONES GENERALES
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO
ORDEN de 4 de mayo de 2021 por la que se convoca el XIV Concurso Escolar
"Día de Europa". (2021050068)
El Estatuto de Autonomía de Extremadura, en redacción dada por Ley Orgánica 1/2011, de 28
de enero, en su artículo 10.1.4 atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollo normativo y ejecución en materia de educación, en toda su extensión, niveles y grados,
modalidades y especialidades. En particular, el régimen, organización y control de los centros
educativos, del personal docente, de las materias de interés regional, de las actividades complementarias y de las becas con fondos propios.
Mediante Real Decreto 1801/1999, de 26 de noviembre, se traspasan a la Comunidad Autónoma de Extremadura las funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de
enseñanza no universitaria.
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece en su artículo 89 que las
Administraciones educativas podrán establecer, por sí mismas o en colaboración con otras
entidades, premios y concursos destinados a alumnos, profesores o centros escolares.
La Ley 4/2011, de 7 de marzo, de Educación de Extremadura, establece entre sus fines garantizar una educación de calidad que promueva el esfuerzo, premie el mérito y busque la excelencia, en un proceso de mejora de los rendimientos escolares. En su artículo 106 indica que
la Administración educativa favorecerá la participación de los centros sostenidos con fondos
públicos, del alumnado y del profesorado de formación profesional en programas educativos
internacionales. Asimismo, indica que se potenciarán las estancias formativas del profesorado
en países del entorno, y que se fomentará especialmente la participación en aquellos proyectos europeos que tengan como objetivo final cursar el módulo de formación en centros de
trabajo en otros países.
A su vez, el punto 1 del artículo 159 de dicha ley establece que “la Administración educativa
promoverá la investigación y la innovación pedagógicas al servicio de la mejora de la calidad
de la enseñanza”. El modelo de innovación educativa que se propone pretende responder a
las singularidades de nuestra región en un contexto de retos europeos y globales. Por esa
razón, nuestra ley de Educación contempla como “eje trasversal del currículo en Extremadura
la educación en los valores democráticos y de convivencia ciudadana”.
Viernes, 7 de mayo de 2021
I
22730
DISPOSICIONES GENERALES
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO
ORDEN de 4 de mayo de 2021 por la que se convoca el XIV Concurso Escolar
"Día de Europa". (2021050068)
El Estatuto de Autonomía de Extremadura, en redacción dada por Ley Orgánica 1/2011, de 28
de enero, en su artículo 10.1.4 atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollo normativo y ejecución en materia de educación, en toda su extensión, niveles y grados,
modalidades y especialidades. En particular, el régimen, organización y control de los centros
educativos, del personal docente, de las materias de interés regional, de las actividades complementarias y de las becas con fondos propios.
Mediante Real Decreto 1801/1999, de 26 de noviembre, se traspasan a la Comunidad Autónoma de Extremadura las funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de
enseñanza no universitaria.
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece en su artículo 89 que las
Administraciones educativas podrán establecer, por sí mismas o en colaboración con otras
entidades, premios y concursos destinados a alumnos, profesores o centros escolares.
La Ley 4/2011, de 7 de marzo, de Educación de Extremadura, establece entre sus fines garantizar una educación de calidad que promueva el esfuerzo, premie el mérito y busque la excelencia, en un proceso de mejora de los rendimientos escolares. En su artículo 106 indica que
la Administración educativa favorecerá la participación de los centros sostenidos con fondos
públicos, del alumnado y del profesorado de formación profesional en programas educativos
internacionales. Asimismo, indica que se potenciarán las estancias formativas del profesorado
en países del entorno, y que se fomentará especialmente la participación en aquellos proyectos europeos que tengan como objetivo final cursar el módulo de formación en centros de
trabajo en otros países.
A su vez, el punto 1 del artículo 159 de dicha ley establece que “la Administración educativa
promoverá la investigación y la innovación pedagógicas al servicio de la mejora de la calidad
de la enseñanza”. El modelo de innovación educativa que se propone pretende responder a
las singularidades de nuestra región en un contexto de retos europeos y globales. Por esa
razón, nuestra ley de Educación contempla como “eje trasversal del currículo en Extremadura
la educación en los valores democráticos y de convivencia ciudadana”.