Disposiciones Generales. Consejería De Educación Y Empleo. Fomento Del Empleo. Subvenciones.- (2021040038)
Extracto del Decreto 29/2021, de 21 de abril, por el que se aprueba la convocatoria, para el ejercicio 2021-2022, de las subvenciones para el fomento, consolidación y modernización del empleo autónomo, Programa IV: ayudas a las personas ocupadas, encuadradas en el régimen de la seguridad social como personas trabajadoras por cuenta ajena, que inicien una actividad empresarial o profesional como personas trabajadoras autónomas, siempre que deban quedar encuadradas en el régimen especial de trabaja.
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NÚMERO 85
Jueves, 6 de mayo de 2021
22575
EXTRACTO del Decreto 29/2021, de 21 de abril, por el que se aprueba
la convocatoria, para el ejercicio 2021-2022, de las subvenciones para el
fomento, consolidación y modernización del empleo autónomo, Programa IV:
ayudas a las personas ocupadas, encuadradas en el régimen de la seguridad
social como personas trabajadoras por cuenta ajena, que inicien una actividad
empresarial o profesional como personas trabajadoras autónomas, siempre
que deban quedar encuadradas en el régimen especial de trabaja. (2021040038)
BDNS(Identif.): 561463
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de
17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria,
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente Diario Oficial de Extremadura.
Primero. Objeto.
Subvenciones dirigidas al fomento, consolidación y modernización del empleo autónomo en
Extremadura, mediante la constitución en personas trabajadoras por cuenta propia o autónoma, a través del siguiente programa:
Programa IV: “Ayudas a personas ocupadas, encuadradas en el Régimen General de la Seguridad Social como trabajadores por cuenta ajena, que inicien una actividad empresarial o
profesional como personas trabajadoras autónomas, siempre que deban quedar encuadradas
en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA)”.
Segundo. Beneficiarias.
Podrán ser beneficiarias de las ayudas del Programa IV, las personas ocupadas, encuadradas
en el Régimen General de la Seguridad Social como trabajadores por cuenta ajena, que inicien
una actividad empresarial o profesional como personas trabajadoras autónomas y siempre
que deban quedar encuadradas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
No podrán ser beneficiarios de las ayudas del presente capítulo los empleados públicos al
servicio de cualquier administración pública.
Tercero. Bases reguladoras.
Decreto 29/2021, de 21 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento, consolidación y modernización del empleo autónomo en el ámbito
de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de las
ayudas de los programas I, II y IV.
Jueves, 6 de mayo de 2021
22575
EXTRACTO del Decreto 29/2021, de 21 de abril, por el que se aprueba
la convocatoria, para el ejercicio 2021-2022, de las subvenciones para el
fomento, consolidación y modernización del empleo autónomo, Programa IV:
ayudas a las personas ocupadas, encuadradas en el régimen de la seguridad
social como personas trabajadoras por cuenta ajena, que inicien una actividad
empresarial o profesional como personas trabajadoras autónomas, siempre
que deban quedar encuadradas en el régimen especial de trabaja. (2021040038)
BDNS(Identif.): 561463
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de
17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria,
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente Diario Oficial de Extremadura.
Primero. Objeto.
Subvenciones dirigidas al fomento, consolidación y modernización del empleo autónomo en
Extremadura, mediante la constitución en personas trabajadoras por cuenta propia o autónoma, a través del siguiente programa:
Programa IV: “Ayudas a personas ocupadas, encuadradas en el Régimen General de la Seguridad Social como trabajadores por cuenta ajena, que inicien una actividad empresarial o
profesional como personas trabajadoras autónomas, siempre que deban quedar encuadradas
en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA)”.
Segundo. Beneficiarias.
Podrán ser beneficiarias de las ayudas del Programa IV, las personas ocupadas, encuadradas
en el Régimen General de la Seguridad Social como trabajadores por cuenta ajena, que inicien
una actividad empresarial o profesional como personas trabajadoras autónomas y siempre
que deban quedar encuadradas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
No podrán ser beneficiarios de las ayudas del presente capítulo los empleados públicos al
servicio de cualquier administración pública.
Tercero. Bases reguladoras.
Decreto 29/2021, de 21 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento, consolidación y modernización del empleo autónomo en el ámbito
de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de las
ayudas de los programas I, II y IV.