Disposiciones Generales. Consejería De Educación Y Empleo. Fomento Del Empleo. Subvenciones.- (2021040037)
Extracto del Decreto 29/2021, de 21 de abril, por el que se aprueba la convocatoria, para el ejercicio 2021-2022, de las subvenciones para el fomento, consolidación y modernización del empleo autónomo, Programa II: ayudas a las personas autónomas que propicien la inserción laboral de un familiar colaborador.
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NÚMERO 85

22574

Jueves, 6 de mayo de 2021

20210182 “Autoempleo. Ayuda Familiar Colaborador”, cofinanciado por el Fondo Social
Europeo por un importe de 3.786.500,00 euros, que corresponden al ejercicio 2021,
aplicación presupuestaria 130080000G/242A/47000 FS14RE0100 20210182.
Este proyecto de gasto es cofinanciado por el Fondo Social Europeo a través del Programa Operativo Regional FSE 2014-2020 de Extremadura, en el Objetivo Temático 8,
Prioridad de Inversión 8.1, Objetivo Específico 8.1.3 “Aumentar la contratación de carácter estable de las personas desempleadas y/o demandantes de empleo, incluyendo
las de larga duración y aquellas de más edad” o con cargo al Instrumento Financiero
React EU al 100 % de financiación o al Programa Operativo FSE+ Extremadura 20212027.
2) Q
 uienes reúnan los requisitos establecidos en la convocatoria y en el decreto de bases
reguladoras, para acceder a estas ayudas del Programa II, podrán tener derecho a las
siguientes subvenciones:
a) De 9.000,00, 7.500,00 o 5.000,00 euros: En función de las características de las personas desempleadas establecidas como autónomas (sexo, colectivos prioritarios, etc.),
determinadas en el decreto de bases reguladoras.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
En el periodo de vigencia de la convocatoria, que se inicia desde el día siguiente de la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la convocatoria y del presente extracto, previsto en
el artículo 20.8 a) de Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y finaliza el
30 de marzo de 2022, la subvención deberá solicitarse desde la fecha de inicio de la actividad
que con tal carácter exprese la Tesorería General de la Seguridad Social y los cinco meses
naturales siguientes a aquél en que se produce tal inicio.
Sexto. Otros datos.
Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el Diario Oficial de
Extremadura junto con la convocatoria; en la página web www.extremaduratrabaja.juntaex.es, e
igualmente se podrá acceder a ellos a través de Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones.
Mérida, 22 de abril de 2021.
El Secretario General del SEXPE,
VICTOR MANUEL GARCIA VEGA