Otras Resoluciones. Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Regadíos. Ayudas.- (2021061140)
Resolución de 20 de abril de 2021, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas a la implantación de sistemas de riego que promuevan el uso eficiente del agua y la energía en las explotaciones agrarias de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2021.
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NÚMERO 83
22158
Martes, 4 de mayo de 2021
de concesión de las subvenciones en régimen de concurrencia competitiva se iniciará mediante convocatoria aprobada por resolución del titular de la secretaría general competente,
previa autorización del Consejo de Gobierno cuando la cuantía de la convocatoria supere los
600.000 euros.
El Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la
Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, incluye en su capítulo VII medidas de agilización de las subvenciones financiables
con fondos europeos. En este sentido, se establece un procedimiento especial para agilizar la
tramitación de subvenciones relacionadas con el uso de fondos europeos, mediante la tramitación conjunta de las bases reguladoras y de la primera o única convocatoria, en cuyo caso,
se aprobarán por decreto del Consejo de Gobierno, por la vía de urgencia, reduciéndose los
informes internos y los plazos, y cuando las convocatorias no forman parte de las bases reguladoras, se suprime la autorización del Consejo de Gobierno. Así el artículo 24.2 de dicho
Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, establece que: “Cuando las convocatorias de subvenciones financiables con fondos europeos no estén incluidas en un decreto de bases reguladoras
aprobado conforme al apartado anterior, no será necesaria la autorización previa del Consejo
de Gobierno, cualquiera que sea su cuantía”.
En su virtud, y de conformidad con los artículos 58 y 92.4 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero,
del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en relación
con el artículo 23.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
Primero. Objeto.
1. La
presente resolución tiene por objeto establecer la convocatoria, para el ejercicio 2021,
de las ayudas a la implantación de sistemas de riego que promuevan el uso eficiente del
agua y la energía en las explotaciones agrarias de la Comunidad Autónoma, previstas en
el Decreto 179/2017, de 31 de octubre, estableció las bases reguladoras de las ayudas a
la implantación de sistemas de riego que promuevan el uso eficiente del agua y la energía
en las explotaciones agrarias de la Comunidad Autónoma de Extremadura, (DOE n.º 212,
de 6 de noviembre).
2. L
a finalidad de estas ayudas es contribuir a la mejora de los resultados económicos de las
explotaciones y facilitar la reestructuración y modernización de las mismas. En particular,
se pretenden fomentar las actuaciones siguientes:
a) La realización de obras, instalaciones y cambios en los métodos o sistemas de riego que
mejoren la eficiencia en el uso del agua o fomenten el ahorro de energía en las explotaciones agrarias de regadío (mejora y modernización de regadíos preexistentes).
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Martes, 4 de mayo de 2021
de concesión de las subvenciones en régimen de concurrencia competitiva se iniciará mediante convocatoria aprobada por resolución del titular de la secretaría general competente,
previa autorización del Consejo de Gobierno cuando la cuantía de la convocatoria supere los
600.000 euros.
El Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la
Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, incluye en su capítulo VII medidas de agilización de las subvenciones financiables
con fondos europeos. En este sentido, se establece un procedimiento especial para agilizar la
tramitación de subvenciones relacionadas con el uso de fondos europeos, mediante la tramitación conjunta de las bases reguladoras y de la primera o única convocatoria, en cuyo caso,
se aprobarán por decreto del Consejo de Gobierno, por la vía de urgencia, reduciéndose los
informes internos y los plazos, y cuando las convocatorias no forman parte de las bases reguladoras, se suprime la autorización del Consejo de Gobierno. Así el artículo 24.2 de dicho
Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, establece que: “Cuando las convocatorias de subvenciones financiables con fondos europeos no estén incluidas en un decreto de bases reguladoras
aprobado conforme al apartado anterior, no será necesaria la autorización previa del Consejo
de Gobierno, cualquiera que sea su cuantía”.
En su virtud, y de conformidad con los artículos 58 y 92.4 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero,
del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en relación
con el artículo 23.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
Primero. Objeto.
1. La
presente resolución tiene por objeto establecer la convocatoria, para el ejercicio 2021,
de las ayudas a la implantación de sistemas de riego que promuevan el uso eficiente del
agua y la energía en las explotaciones agrarias de la Comunidad Autónoma, previstas en
el Decreto 179/2017, de 31 de octubre, estableció las bases reguladoras de las ayudas a
la implantación de sistemas de riego que promuevan el uso eficiente del agua y la energía
en las explotaciones agrarias de la Comunidad Autónoma de Extremadura, (DOE n.º 212,
de 6 de noviembre).
2. L
a finalidad de estas ayudas es contribuir a la mejora de los resultados económicos de las
explotaciones y facilitar la reestructuración y modernización de las mismas. En particular,
se pretenden fomentar las actuaciones siguientes:
a) La realización de obras, instalaciones y cambios en los métodos o sistemas de riego que
mejoren la eficiencia en el uso del agua o fomenten el ahorro de energía en las explotaciones agrarias de regadío (mejora y modernización de regadíos preexistentes).