Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental.- (2021061174)
Resolución de 22 de abril de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Reforma de la LAMT "Vegas de Coria" de la STR "Caminomorisco", de 20 kV, derivación a CT "Riomalo de Abajo", y sustitución de éste por un CT prefabricado compacto", a realizar en el término municipal de Caminomorisco (Cáceres), cuyo promotor es I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU. Expte.: LE 016/19.
35 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 82
Lunes, 3 de mayo de 2021



21880

7. T
 al y como se establece en la disposición adicional séptima de la Ley 16/2015, en el
caso de proyectos sometidos a evaluación de impacto ambiental ordinaria, deberá
procederse por parte del promotor, a la designación de un coordinador ambiental,
que ejercerá las funciones que se detallan en el artículo 2 de la precitada disposición adicional séptima, tanto en la fase de ejecución como en la de funcionamiento
del proyecto.

D.2. Medidas preventivas y correctoras en la fase de construcción.


1. Deberá presentarse ante la Dirección General de Sostenibilidad con carácter previo
al inicio de las obras:

— Comunicación de fecha de inicio de las obras.
— Solicitud de visita previa para ver las condiciones ambientales de las zonas
afectadas, antes del inicio de las obras.
— Nombramiento del coordinador ambiental, acreditando su cualificación profesional y experiencia personal, anexando plan de trabajo, controles que va a
realizar y frecuencia de los mismos.

El coordinador ambiental deberá estar homologado por la Dirección General de
Sostenibilidad.


2. Se evitará, en la medida de lo posible, que las actuaciones sobre la vegetación se
realicen durante las épocas de reproducción de la mayoría de las especies faunísticas (que suele ser entre finales de invierno y mediados del verano, febrero a julio,
aproximadamente). Si no fuera posible, se realizará, antes de la ejecución de dichas actuaciones, una inspección de campo para la localización de nidos o lugares
de concentración de animales que pudieran ser eliminados de forma directa.



3. No se emplearán herbicidas en las labores de limpieza de la vegetación por el alto
riesgo de contaminación de las aguas públicas y el daño a las poblaciones animales
silvestres.



4. Se procederá a la señalización y balizado de los terrenos afectados por las obras,
al objeto de evitar posibles afecciones a terrenos ajenos al área de ocupación del
proyecto.



5. Se evitará en lo posible, dañar o eliminar vegetación arbustiva o arbórea, a la hora
de ubicar las zonas de acopios temporales, parque de maquinaria e instalaciones
auxiliares, áreas de trabajo, etc.