Otras Resoluciones. Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Sector Vitivinícola. Ayudas.- (2021061202)
Resolución de 26 de abril de 2021, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas para la reestructuración y reconversión del viñedo en Extremadura para la campaña 2021/2022.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 81
Viernes, 30 de abril de 2021
21674
Los formularios deberán ser presentados presencialmente en el Registro General, mediante el sistema
de Administración electrónica o remitidos por correo postal o electrónico en las direcciones que aparecen
en el apartado “Responsable”.
Tiene derecho a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos en el
supuesto que considere que no se ha atendido convenientemente el ejercicio de sus derechos.
El plazo máximo para resolver es el de un mes a contar desde la recepción de su solicitud, pudiendo
ser prorrogado dos meses más atendiendo al volumen de reclamaciones presentadas o a la complejidad
de la misma.
Los datos personales tratados en este procedimiento podrán ser cedidos a la Dirección General de
Financiación Autonómica y Fondos Europeos para llevar a cabo las verificaciones administrativas previas
a la declaración de gastos a la Comisión Europea, conforme el artículo 125 del Reglamento (UE) Nº
1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen
disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al
Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la
Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo
Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y
se deroga el Reglamento (CE) 1083/2006 del Consejo. Asimismo podrán ser transferidos datos a otros
organismos u órganos de la Administración Pública sin precisar el previo consentimiento del interesado
cuando así lo prevea una norma de derecho de la Unión Europea o una ley nacional, que determine las
cesiones como consecuencia del cumplimiento de una obligación legal, aunque deberemos informar de
este tratamiento al interesado, salvo las excepciones previstas en el artículo 14.5 del RGPD. Cualquier
cesión de datos no incluida en los supuestos indicados anteriormente, requerirá del previo
consentimiento por parte del interesado al organismo u órgano de la Administración Pública que solicite
la cesión de los datos por precisarlos para el ejercicio de sus competencias.
En el caso de producirse alguna modificación de sus datos, le agradecemos nos lo comunique
debidamente por escrito con la finalidad de mantener sus datos actualizados.
En,____________________________ a ___ de __________________ de _______
Fdo.: ______________________________________
(firma electrónica)
Viernes, 30 de abril de 2021
21674
Los formularios deberán ser presentados presencialmente en el Registro General, mediante el sistema
de Administración electrónica o remitidos por correo postal o electrónico en las direcciones que aparecen
en el apartado “Responsable”.
Tiene derecho a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos en el
supuesto que considere que no se ha atendido convenientemente el ejercicio de sus derechos.
El plazo máximo para resolver es el de un mes a contar desde la recepción de su solicitud, pudiendo
ser prorrogado dos meses más atendiendo al volumen de reclamaciones presentadas o a la complejidad
de la misma.
Los datos personales tratados en este procedimiento podrán ser cedidos a la Dirección General de
Financiación Autonómica y Fondos Europeos para llevar a cabo las verificaciones administrativas previas
a la declaración de gastos a la Comisión Europea, conforme el artículo 125 del Reglamento (UE) Nº
1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen
disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al
Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la
Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo
Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y
se deroga el Reglamento (CE) 1083/2006 del Consejo. Asimismo podrán ser transferidos datos a otros
organismos u órganos de la Administración Pública sin precisar el previo consentimiento del interesado
cuando así lo prevea una norma de derecho de la Unión Europea o una ley nacional, que determine las
cesiones como consecuencia del cumplimiento de una obligación legal, aunque deberemos informar de
este tratamiento al interesado, salvo las excepciones previstas en el artículo 14.5 del RGPD. Cualquier
cesión de datos no incluida en los supuestos indicados anteriormente, requerirá del previo
consentimiento por parte del interesado al organismo u órgano de la Administración Pública que solicite
la cesión de los datos por precisarlos para el ejercicio de sus competencias.
En el caso de producirse alguna modificación de sus datos, le agradecemos nos lo comunique
debidamente por escrito con la finalidad de mantener sus datos actualizados.
En,____________________________ a ___ de __________________ de _______
Fdo.: ______________________________________
(firma electrónica)