Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental.- (2021061193)
Resolución de 20 de abril de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se revisa y modifica la autorización ambiental integrada de complejo avícola intensivo destinado a la explotación de pollos de engorde, titularidad de Pollos Cano, SL, en el término municipal de Salvatierra de los Barros, provincia de Badajoz.
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NÚMERO 81
Viernes, 30 de abril de 2021

21768

RESOLUCIÓN de 20 de abril de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad,
por la que se revisa y modifica la autorización ambiental integrada de complejo
avícola intensivo destinado a la explotación de pollos de engorde, titularidad
de Pollos Cano, SL, en el término municipal de Salvatierra de los Barros,
provincia de Badajoz. (2021061193)
ANTECEDENTES DE HECHO:
Primero. Mediante resolución de 19 de diciembre de 2014, se otorgó por la anterior Dirección
General de Medio Ambiente, autorización ambiental integrada (AAI) a Pollos Cano, SL, para
complejo avícola intensivo destinado a la explotación de pollos de engorde, en el término
municipal de Salvatierra de los Barros con expediente n.º AAI 14/003 para su adaptación a
las MTD.
Segundo. Con fecha 15 de febrero del año 2017, se aprueba la Decisión de Ejecución
2017/302/ de la Comisión, (publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea el 21-2-2017),
por la que se establecen las conclusiones sobre las mejores tecnologías disponibles (MTD) en
el marco de la Directiva 2010/75/UE del Parlamento Europeo y del Consejo respecto a la cría
intensiva de aves de corral o de cerdos.
Tercero. Con fecha 30 de julio de 2018 se remitió al promotor el acuerdo de inicio, por parte
de la anterior Dirección General de Medio Ambiente, del procedimiento de revisión atendiendo
al cumplimiento del artículo 26.1 del Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre,
y de conformidad con el procedimiento de revisión de la AAI regulado por el artículo 16 del
Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de emisiones
industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio.
Cuarto. Con fecha 30 de julio de 2018 se remitió escrito a la Confederación Hidrográfica del
Guadiana y al Ayuntamiento de Salvatierra de los Barros, en cumplimiento del artículo 26.1
del Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, y de conformidad con el procedimiento de revisión de la AAI regulado por el artículo 16 del Real Decreto 815/2013, de 18 de
octubre, por el que se aprueba el Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la
Ley 16/2002, de 1 de julio, esta Dirección General de Medio Ambiente, para que indique qué
documentación estima necesario revisar; en relación con las diferentes materias ambientales
de su competencia que afecten a la actividad de referencia. Con fecha 25 de septiembre de
2018, la Confederación Hidrográfica del Guadiana remite informe en el que se proponen una
serie de medidas técnicas de carácter general a cumplir por este tipo de instalaciones.
Quinto. Con fecha 27 de marzo de 2019 el promotor remite la documentación técnica justificativa para la adaptación de la explotación a las mejores técnicas disponibles.