Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental.- (2021060980)
Resolución de 8 de marzo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al centro autorizado de tratamiento de residuos, promovido por Rufino Torres Sánchez, en Logrosán.
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NÚMERO 80
Jueves, 29 de abril de 2021
21501
2. Dentro del plazo de un año indicado en el apartado anterior, el titular de la instalación deberá remitir a la Dirección General de Sostenibilidad solicitud de conformidad con la actividad.
Junto con la citada solicitud deberá aportar la documentación que certifique que las obras
e instalaciones se adaptan a las condiciones de la AAU.
3. T
ras la solicitud de conformidad con la actividad, la Dirección General de Sostenibilidad
girará una visita de comprobación.
4. En particular y sin perjuicio de lo que se considere necesario, la solicitud de conformidad
con la actividad referida en el punto 2 de este apartado deberá acompañarse de:
a) Procedimientos detallados de valorización a emplear acompañados de una justificación
del cumplimiento de los requisitos establecidos en la AAU, en particular de los establecidos en el apartado a.
b) La documentación que indique y acredite qué tipo de gestión y qué gestores autorizados
se harán cargo de los residuos gestionados y generados por la actividad con el fin último
de su valorización o eliminación, incluyendo los residuos domésticos y comerciales.
c) Autorización de vertidos del Ayuntamiento de Logrosán.
d) Licencia de obras del Ayuntamiento de Logrosán.
5. Una vez otorgada conformidad con la actividad, la Dirección General de Sostenibilidad procederá a actualizar la inscripción del titular de la AAU en el registro correspondiente.
- h - Vigilancia y seguimiento
Residuos gestionados (recepcionados y almacenados)
1. El titular de la instalación deberá mantener actualizado un archivo físico o telemático donde
se recojan, por orden cronológico, las operaciones de recogida, almacenamiento y valorización realizadas en el que figuren, al menos, los siguientes datos: Fecha de recepción,
materiales obtenidos en el tratamiento de los residuos, indicando cantidades. Destino de
los materiales obtenidos en el tratamiento de los residuos y gestor autorizado, en su caso,
al que se entregan los residuos y, en su caso, tiempo de almacenamiento.
2. La documentación referida en el apartado anterior estará a disposición de la Dirección
General de Sostenibilidad y de cualquier administración pública competente en la propia
instalación. La documentación referida a cada año natural deberá mantenerse durante los
cinco años siguientes.
Jueves, 29 de abril de 2021
21501
2. Dentro del plazo de un año indicado en el apartado anterior, el titular de la instalación deberá remitir a la Dirección General de Sostenibilidad solicitud de conformidad con la actividad.
Junto con la citada solicitud deberá aportar la documentación que certifique que las obras
e instalaciones se adaptan a las condiciones de la AAU.
3. T
ras la solicitud de conformidad con la actividad, la Dirección General de Sostenibilidad
girará una visita de comprobación.
4. En particular y sin perjuicio de lo que se considere necesario, la solicitud de conformidad
con la actividad referida en el punto 2 de este apartado deberá acompañarse de:
a) Procedimientos detallados de valorización a emplear acompañados de una justificación
del cumplimiento de los requisitos establecidos en la AAU, en particular de los establecidos en el apartado a.
b) La documentación que indique y acredite qué tipo de gestión y qué gestores autorizados
se harán cargo de los residuos gestionados y generados por la actividad con el fin último
de su valorización o eliminación, incluyendo los residuos domésticos y comerciales.
c) Autorización de vertidos del Ayuntamiento de Logrosán.
d) Licencia de obras del Ayuntamiento de Logrosán.
5. Una vez otorgada conformidad con la actividad, la Dirección General de Sostenibilidad procederá a actualizar la inscripción del titular de la AAU en el registro correspondiente.
- h - Vigilancia y seguimiento
Residuos gestionados (recepcionados y almacenados)
1. El titular de la instalación deberá mantener actualizado un archivo físico o telemático donde
se recojan, por orden cronológico, las operaciones de recogida, almacenamiento y valorización realizadas en el que figuren, al menos, los siguientes datos: Fecha de recepción,
materiales obtenidos en el tratamiento de los residuos, indicando cantidades. Destino de
los materiales obtenidos en el tratamiento de los residuos y gestor autorizado, en su caso,
al que se entregan los residuos y, en su caso, tiempo de almacenamiento.
2. La documentación referida en el apartado anterior estará a disposición de la Dirección
General de Sostenibilidad y de cualquier administración pública competente en la propia
instalación. La documentación referida a cada año natural deberá mantenerse durante los
cinco años siguientes.