Otras Resoluciones. Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Honores Y Distinciones.- (2021061168)
Resolución de 21 de abril de 2021, de la Consejera, por la que se concede la Placa de reconocimiento a la labor policial y de seguridad de Extremadura a D. Juan Carlos Iñesta Mena y D. José Antonio Rubias Palacio.
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 80
Jueves, 29 de abril de 2021

21487

Tercero: La Orden de 17 de febrero de 2014, del Consejero de Administración Pública, por
la que se crean distinciones y condecoraciones a la permanencia en el servicio de la policía
local y a la labor policial y de seguridad de Extremadura y se regula su procedimiento de
concesión, tiene por objeto –según establece su artículo 1- la “... creación de distinciones y
condecoraciones... como reconocimiento... a la labor realizada en favor de la dignificación y
reconocimiento público de las policías locales y en la defensa y promoción de los derechos y
libertades públicas.”
Por su parte, el artículo 2 de mencionada disposición reglamentaria crea la Placa de Reconocimiento a la Labor Policial y de Seguridad de Extremadura; y el artículo 3.2 determina quiénes
son los destinatarios de la misma:
“... a las entidades locales, a las asociaciones de municipios constituidas al amparo de lo
dispuesto en la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, a los cuerpos de policía local, a sus miembros individualmente y a los auxiliares de
la policía local de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como a personas físicas o
jurídicas, agrupaciones, centros e instituciones que, aun siendo ajenas a las funciones policiales, contribuyan de alguna manera a la dignificación del colectivo policial y al ejercicio
de las funciones de seguridad pública que tienen encomendadas”.
Asimismo, en el artículo 5.2 se determina que para su concesión “... será necesario que las
actividades o funciones de sus destinatarios destaquen de forma notoria por su labor en favor
de la dignificación y reconocimiento de las policías locales y del ejercicio de las funciones que
éstas tienen encomendadas para la seguridad, defensa y promoción de los derechos y libertades públicas de los ciudadanos”.
Cuarto: El pasado 15 de junio de 2020, la Policía Local de Llerena recibe una llamada del
112, en la que comunica un suicidio por ahorcamiento en un taller de mecánica de la localidad, presentándose en el lugar de los hechos dos agentes dónde se encuentran a los vecinos
D Juan Carlos Iñesta Mena y D José Antonio Rubias Palacio, practicando la respiración cardiopulmonar a la víctima, la cual, tras la persistencia del Sr. Iñesta y el Sr. Rubias después
de unos 15 minutos, comienza a tener leves síntomas vitales, momento en el que llega una
ambulancia sin personal sanitario y la Guardia Civil, y se traslada hasta el hospital de Llerena
que se encuentra a 300 metros del lugar.
Esta intervención providencial en un momento tan crítico, fue decisiva para que fuera trasladado hasta el Hospital de Llerena y, posteriormente hasta el de Badajoz donde permaneció
ingresado 20 días, de los cuales 5, estuvo en la unidad de cuidados intensivos, y a fecha de
hoy, se encuentra en perfecto estado.