Otras Resoluciones. Consejería De Educación Y Empleo. Sentencias. Ejecución.- (2021061154)
Resolución de 19 de abril de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la ejecución de la sentencia núm. 88/2021, dictada por el Juzgado de lo Social n.º 1 de Cáceres en el procedimiento n.º 279/2020, promovido por la empresa "Politex Aislamientos".
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NÚMERO 80
21490
Jueves, 29 de abril de 2021
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO
RESOLUCIÓN de 19 de abril de 2021, de la Dirección General de Trabajo,
por la que se dispone la ejecución de la sentencia núm. 88/2021, dictada por
el Juzgado de lo Social n.º 1 de Cáceres en el procedimiento n.º 279/2020,
promovido por la empresa "Politex Aislamientos". (2021061154)
En el procedimiento de impugnación de actos de la administración n.º 279/2020, promovido
por la representación procesal de la empresa “Politex Aislamientos, SL” contra la Resolución
de 15 de enero de 2021 dictada por la Directora General de Trabajo de la Consejería de Educación y Empleo por la que se impone la sanción de 2.046,00 euros por la comisión de una
infracción tipificada como grave en el artículo 8.4 del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4
de agosto, texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, ha
recaído sentencia firme dictada por Juzgado de lo Social n.º 1 de Cáceres, con fecha 13 de
abril de 2021.
El artículo 9.1 del Decreto 59/1991, de 23 de julio, por el que se regula la tramitación administrativa en la ejecución de resoluciones judiciales, establece que el titular del órgano
competente dictará la correspondiente resolución en orden al cumplimiento de la sentencia.
Por tanto, y en uso de las atribuciones conferidas por la legislación vigente, esta Dirección
General de Trabajo,
RESUELVE:
Ejecutar el fallo de la sentencia núm. 88/2021, dictada el 13 de abril de 2021, por el Juzgado
de lo Social n.º 1 de Cáceres, cuyo tenor literal es el siguiente:
Estimando la demanda interpuesta por Politex Aislamientos, SL, contra Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura y en virtud de lo que antecede, dejo sin efecto
la sanción administrativa impuesta a la demandante en este procedimiento, con todas sus
consecuencias legales.
Notifíquese esta sentencia a las partes con instrucción de que es firme.
Mérida, 19 de abril de 2021.
La Directora General de Trabajo,
SANDRA PACHECO MAYA
21490
Jueves, 29 de abril de 2021
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO
RESOLUCIÓN de 19 de abril de 2021, de la Dirección General de Trabajo,
por la que se dispone la ejecución de la sentencia núm. 88/2021, dictada por
el Juzgado de lo Social n.º 1 de Cáceres en el procedimiento n.º 279/2020,
promovido por la empresa "Politex Aislamientos". (2021061154)
En el procedimiento de impugnación de actos de la administración n.º 279/2020, promovido
por la representación procesal de la empresa “Politex Aislamientos, SL” contra la Resolución
de 15 de enero de 2021 dictada por la Directora General de Trabajo de la Consejería de Educación y Empleo por la que se impone la sanción de 2.046,00 euros por la comisión de una
infracción tipificada como grave en el artículo 8.4 del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4
de agosto, texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, ha
recaído sentencia firme dictada por Juzgado de lo Social n.º 1 de Cáceres, con fecha 13 de
abril de 2021.
El artículo 9.1 del Decreto 59/1991, de 23 de julio, por el que se regula la tramitación administrativa en la ejecución de resoluciones judiciales, establece que el titular del órgano
competente dictará la correspondiente resolución en orden al cumplimiento de la sentencia.
Por tanto, y en uso de las atribuciones conferidas por la legislación vigente, esta Dirección
General de Trabajo,
RESUELVE:
Ejecutar el fallo de la sentencia núm. 88/2021, dictada el 13 de abril de 2021, por el Juzgado
de lo Social n.º 1 de Cáceres, cuyo tenor literal es el siguiente:
Estimando la demanda interpuesta por Politex Aislamientos, SL, contra Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura y en virtud de lo que antecede, dejo sin efecto
la sanción administrativa impuesta a la demandante en este procedimiento, con todas sus
consecuencias legales.
Notifíquese esta sentencia a las partes con instrucción de que es firme.
Mérida, 19 de abril de 2021.
La Directora General de Trabajo,
SANDRA PACHECO MAYA