Anuncios. Ayuntamiento De Villa Del Campo. Urbanismo.- (2021080517)
Anuncio de 15 de abril de 2021 sobre aprobación definitiva de la derogación del Estudio de Detalle.
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NÚMERO 79
Miércoles, 28 de abril de 2021

21142

AYUNTAMIENTO DE VILLA DEL CAMPO
ANUNCIO de 15 de abril de 2021 sobre aprobación definitiva de la derogación
del Estudio de Detalle. (2021080517)
El Pleno del Ayuntamiento de Villa del Campo, en sesión ordinaria celebrada el día 08 de marzo de 2021, aprobó definitivamente la derogación del Estudio de Detalle 01 de 2008, redactado por la arquitecta Dª Carolina Panadero Antúnez, denominado Apertura de Viario, y que se
realizó para establecer la apertura de un nuevo viario en C/ Francisco Pizarro n.º 24, en los
términos que se indican a continuación.
Habiéndose procedido en fecha 07/04/2021, y n.º expediente CC/067/2008, a la anotación de
la derogación del siguiente instrumento de planeamiento:
— Descripción: Estudio de Detalle sobre apertura de nuevo viario en la C/ Francisco Pizarro,
n.º 24.
— Municipio: Villa del Campo.
— Aprobación definitiva: 08/03/2021.
Se hace público dicho acuerdo para general conocimiento.
“Expediente 271/2020. Aprobación definitiva, si procede, de la derogación Estudio de Detalle.
Visto que, mediante acuerdo plenario de fecha 19 de noviembre de 2020, se aprobó inicialmente la derogación Estudio de Detalle 01 de 2008, denominado apertura de viario, referente
a la apertura de viario en C/ Francisco de Pizarro n.º 24, redactado por la arquitecta Dª Rocío
Clemente Vicario, sometiéndose al trámite de información pública por plazo de cuarenta y
cinco días a contar desde el día siguiente al de publicación del correspondiente anuncio en
el Diario Oficial de Extremadura n.º 231, de fecha 30 de noviembre de 2020 y en la sede
electrónica municipal, en que ha permanecido expuesto al público, así como practicadas notificaciones a los interesados.
Visto el certificado de Secretaría de fecha 24 de febrero de 2021, en el que se indica que durante el periodo de exposición pública no se han presentado alegaciones.
El Pleno de la Corporación, en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas en virtud
del artículo 22.2.c) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local
-LRBRL-, y una vez deliberado el asunto por los Sres./Sras. Concejales/as, con los 7 votos a
favor, y por tanto, unanimidad,