Otras Resoluciones. Universidad De Extremadura. Personal Docente. Retribuciones.- (2021061137)
Resolución de 20 de abril de 2021, del Rector, por la que se ejecuta el acuerdo adoptado por el Consejo Social propiciando convocatoria de complementos retributivos adicionales para el personal docente e investigador de la Universidad de Extremadura.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 78
Martes, 27 de abril de 2021
20918
— Los documentos científicos publicados se justificarán mediante copia de las páginas en
las que figuren autores, título, lugar de publicación, revista, ISBN, número de páginas
y editorial. Dicha información se ajustará en función de la naturaleza de la aportación
científica de la que se trate (artículo científico, libro, capítulo de libro, congreso…).
— La dirección de trabajos académicos se justificará mediante informe acreditativo de
Doctorado o de la dirección de los Centros, según corresponda.
— Las patentes serán acreditadas mediante fotocopia de la página del Boletín Oficial de la
Propiedad Intelectual en la que se recoge su concesión. En su caso, la explotación de
la misma se deberá acreditar mediante el contrato de licencia.
— La captación de fondos será justificada mediante informe de la institución financiadora o
de la institución beneficiaria. Deberá incluir las cuantías económicas, título del proyecto,
organismo concedente, nombre del investigador principal y del resto de investigadores
y período de ejecución.
— El resto de actividades alegadas se justificarán mediante copia del documento acreditativo correspondiente.
Incurrirán en responsabilidad aquellos solicitantes que aleguen méritos que con posterioridad
se comprueben que son falsos.
Nota informativa: el envío del enlace de https://zurbaran.unex.es/cloud/ de la documentación
se deberá remitir a través del correo electrónico a la dirección: compleinvestigador@unex.es,
indicando en el campo “asunto” el siguiente texto “CONVOCATORIA DE COMPLEMENTOS RETRIBUTIVOS ADICIONALES (Investigador) PDI–UEx”. Además, en el cuerpo del correo electrónico se deberán incluir claramente los datos del solicitante y en enlace de descarga.
7. Subsanación de las solicitudes
Si analizadas las solicitudes y la documentación presentadas se observara que existen defectos formales u omisión de algunos documentos exigidos, el solicitante deberá subsanar, en el
plazo de diez naturales, las faltas o acompañar los documentos preceptivos, con indicación
que si no lo hiciere, se le tendrá por desistido en su petición, previa resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento
Administrativo común de las Administraciones Públicas. El plazo para la subsanación de las
faltas y/o la presentación de la documentación empezará a contar a partir del día siguiente
al de la publicación de la resolución de subsanación en el Tablón de anuncios de Rectorado y
en la página web de la Universidad de Extremadura, de conformidad con lo establecido en el
artículo 45 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo común de las
Administraciones Públicas.
Martes, 27 de abril de 2021
20918
— Los documentos científicos publicados se justificarán mediante copia de las páginas en
las que figuren autores, título, lugar de publicación, revista, ISBN, número de páginas
y editorial. Dicha información se ajustará en función de la naturaleza de la aportación
científica de la que se trate (artículo científico, libro, capítulo de libro, congreso…).
— La dirección de trabajos académicos se justificará mediante informe acreditativo de
Doctorado o de la dirección de los Centros, según corresponda.
— Las patentes serán acreditadas mediante fotocopia de la página del Boletín Oficial de la
Propiedad Intelectual en la que se recoge su concesión. En su caso, la explotación de
la misma se deberá acreditar mediante el contrato de licencia.
— La captación de fondos será justificada mediante informe de la institución financiadora o
de la institución beneficiaria. Deberá incluir las cuantías económicas, título del proyecto,
organismo concedente, nombre del investigador principal y del resto de investigadores
y período de ejecución.
— El resto de actividades alegadas se justificarán mediante copia del documento acreditativo correspondiente.
Incurrirán en responsabilidad aquellos solicitantes que aleguen méritos que con posterioridad
se comprueben que son falsos.
Nota informativa: el envío del enlace de https://zurbaran.unex.es/cloud/ de la documentación
se deberá remitir a través del correo electrónico a la dirección: compleinvestigador@unex.es,
indicando en el campo “asunto” el siguiente texto “CONVOCATORIA DE COMPLEMENTOS RETRIBUTIVOS ADICIONALES (Investigador) PDI–UEx”. Además, en el cuerpo del correo electrónico se deberán incluir claramente los datos del solicitante y en enlace de descarga.
7. Subsanación de las solicitudes
Si analizadas las solicitudes y la documentación presentadas se observara que existen defectos formales u omisión de algunos documentos exigidos, el solicitante deberá subsanar, en el
plazo de diez naturales, las faltas o acompañar los documentos preceptivos, con indicación
que si no lo hiciere, se le tendrá por desistido en su petición, previa resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento
Administrativo común de las Administraciones Públicas. El plazo para la subsanación de las
faltas y/o la presentación de la documentación empezará a contar a partir del día siguiente
al de la publicación de la resolución de subsanación en el Tablón de anuncios de Rectorado y
en la página web de la Universidad de Extremadura, de conformidad con lo establecido en el
artículo 45 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo común de las
Administraciones Públicas.