Otras Resoluciones. Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios.- (2021061121)
Resolución de 19 de abril de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital y Feval Gestión de Servicios, SLU, para la gestión de las ayudas destinadas a la implantación de soluciones de teletrabajo y emprendimiento digital en empresas de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 76
Viernes, 23 de abril de 2021
20381
Una vez examinada toda la documentación (la presentada inicialmente, más la aportada en
el trámite de subsanación), la entidad colaboradora emitirá informe que se elaborará como
resultado de la revisión Justificativa. Este informe deberá estar debidamente motivado
cuando el resultado de la evaluación sea “Justificado Minoración” o “Justificado Incorrecto”.
b) Comunicación de resultados a la Dirección General de Agenda Digital o al órgano con competencias en Agenda Digital.
Semanalmente se comunicará a la DGAD el resultado de la revisión de expedientes de esa
semana. En esta comunicación se aportarán:
• Relación de expedientes evaluados.
• Informes técnicos finales debidamente firmados.
• Relación de documentación aportada en cada expediente en formato electrónico y su
ubicación para poder ser recogida por la DGAD.
• Relación de expedientes acumulados evaluados hasta la fecha.
El contenido de los “informes técnicos finales” deberá contener al menos:
• Resultado de la revisión de la justificación
• Cuantías a pagar, señalando:
–S
i es a pagar
-
Cuantía concedida.
- Cuantía anticipada en primer pago.
- Cuantía justificada.
- Total a ingresar en 2º pago.
–S
i es a devolver
-
Cuantía concedida.
- Cuantía anticipada en primer pago.
- Cuantía no justificada.
Viernes, 23 de abril de 2021
20381
Una vez examinada toda la documentación (la presentada inicialmente, más la aportada en
el trámite de subsanación), la entidad colaboradora emitirá informe que se elaborará como
resultado de la revisión Justificativa. Este informe deberá estar debidamente motivado
cuando el resultado de la evaluación sea “Justificado Minoración” o “Justificado Incorrecto”.
b) Comunicación de resultados a la Dirección General de Agenda Digital o al órgano con competencias en Agenda Digital.
Semanalmente se comunicará a la DGAD el resultado de la revisión de expedientes de esa
semana. En esta comunicación se aportarán:
• Relación de expedientes evaluados.
• Informes técnicos finales debidamente firmados.
• Relación de documentación aportada en cada expediente en formato electrónico y su
ubicación para poder ser recogida por la DGAD.
• Relación de expedientes acumulados evaluados hasta la fecha.
El contenido de los “informes técnicos finales” deberá contener al menos:
• Resultado de la revisión de la justificación
• Cuantías a pagar, señalando:
–S
i es a pagar
-
Cuantía concedida.
- Cuantía anticipada en primer pago.
- Cuantía justificada.
- Total a ingresar en 2º pago.
–S
i es a devolver
-
Cuantía concedida.
- Cuantía anticipada en primer pago.
- Cuantía no justificada.