Otras Resoluciones. Consejería De Educación Y Empleo. Centros Docentes Privados.- (2021061089)
Resolución de 15 de abril de 2021, de la Secretaría General de Educación, por la que se publica la parte dispositiva de la Resolución de 14 de abril de 2021, de la Consejera, por la que se deniega la solicitud de autorización administrativa de apertura y funcionamiento, al centro privado "Vegas y Serena" de Don Benito (Badajoz).
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NÚMERO 75
20152
Jueves, 22 de abril de 2021
RESOLUCIÓN de 15 de abril de 2021, de la Secretaría General de Educación,
por la que se publica la parte dispositiva de la Resolución de 14 de abril de
2021, de la Consejera, por la que se deniega la solicitud de autorización
administrativa de apertura y funcionamiento, al centro privado “Vegas y
Serena” de Don Benito (Badajoz). (2021061089)
Instruido el expediente iniciado a instancias de la representación de la titularidad, solicitando la autorización administrativa concedida al centro privado “Vegas y Serena, SL,” de Don
Benito, para impartir enseñanzas de Régimen General, Ciclo de Grado Medio de Formación
Profesional: Técnico en Emergencia Sanitaria.
A tenor de lo previsto en el artículo 14.4 en relación con lo dispuesto en el artículo 7.3 del
Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, por el que se establecen normas sobre autorizaciones
de centros docentes privados, para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias,
que preceptúa la publicación de la parte dispositiva de la resolución por la que concede la
autorización administrativa de un centro, procede por la presente dar cumplimiento a dicho
mandato con la publicación de la parte dispositiva de la Resolución de 14 de abril de 2021, de
la Consejera de Educación y Empleo, del siguiente tenor literal:
“Primero. Denegar la solicitud de autorización administrativa de apertura y funcionamiento
del Centro Privado Vegas y Serena, SL, por no cumplir los requisitos exigidos.
Segundo. Dar traslado a los interesados de esta resolución, mediante su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 40, y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, el interesado podrá
interponer potestativamente, recurso de reposición ante la Consejera de Educación y Empleo, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo, podrá
interponer directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses
ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, de conformidad con lo establecido en
la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Todo ello sin perjuicio de poder ejercitar cualquier otro que estime oportuno.”
Mérida, 15 de abril de 2021.
El Secretario General de Educación,
FRANCISCO JAVIER AMAYA FLORES
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20152
Jueves, 22 de abril de 2021
RESOLUCIÓN de 15 de abril de 2021, de la Secretaría General de Educación,
por la que se publica la parte dispositiva de la Resolución de 14 de abril de
2021, de la Consejera, por la que se deniega la solicitud de autorización
administrativa de apertura y funcionamiento, al centro privado “Vegas y
Serena” de Don Benito (Badajoz). (2021061089)
Instruido el expediente iniciado a instancias de la representación de la titularidad, solicitando la autorización administrativa concedida al centro privado “Vegas y Serena, SL,” de Don
Benito, para impartir enseñanzas de Régimen General, Ciclo de Grado Medio de Formación
Profesional: Técnico en Emergencia Sanitaria.
A tenor de lo previsto en el artículo 14.4 en relación con lo dispuesto en el artículo 7.3 del
Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, por el que se establecen normas sobre autorizaciones
de centros docentes privados, para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias,
que preceptúa la publicación de la parte dispositiva de la resolución por la que concede la
autorización administrativa de un centro, procede por la presente dar cumplimiento a dicho
mandato con la publicación de la parte dispositiva de la Resolución de 14 de abril de 2021, de
la Consejera de Educación y Empleo, del siguiente tenor literal:
“Primero. Denegar la solicitud de autorización administrativa de apertura y funcionamiento
del Centro Privado Vegas y Serena, SL, por no cumplir los requisitos exigidos.
Segundo. Dar traslado a los interesados de esta resolución, mediante su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 40, y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, el interesado podrá
interponer potestativamente, recurso de reposición ante la Consejera de Educación y Empleo, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo, podrá
interponer directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses
ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, de conformidad con lo establecido en
la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Todo ello sin perjuicio de poder ejercitar cualquier otro que estime oportuno.”
Mérida, 15 de abril de 2021.
El Secretario General de Educación,
FRANCISCO JAVIER AMAYA FLORES
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