Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental.- (2021061069)
Resolución de 14 de abril de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Planta solar fotovoltaica Alconchel 1 y línea de evacuación", cuyo promotor es Sistem Melesur Energía, SA, en el término municipal de Jerez de los Caballeros (Badajoz). Expte.: IA19/1302.
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NÚMERO 75
Jueves, 22 de abril de 2021
20289
• Todas estas medidas, así como las medidas previstas en el Estudio de Impacto
Ambiental, se describirán con detalle en el plan de seguimiento ambiental del proyecto que se presentará anualmente ante el órgano ambiental.
5. Programa de Vigilancia Ambiental.
1. El promotor deberá elaborar anualmente un Programa de Vigilancia Ambiental y
designar un Coordinador Medioambiental, que se encargue de la verificación del
cumplimiento del Informe de Impacto Ambiental y de las medidas contenidas en el
en documento ambiental del proyecto, así como de la realización del seguimiento
correspondiente a dicho Programa de Vigilancia Ambiental.
2. El Coordinador Medioambiental, responsable del seguimiento ambiental de las obras
presentará los correspondientes informes de seguimiento, además de informar de
cualquier cambio sobre el proyecto original.
3. El Programa de Vigilancia Ambiental, se remitirá anualmente a la Dirección General
de Sostenibilidad para su supervisión. Este programa incluirá, entre otras actuaciones, la realización de visitas estratégicas y la elaboración y remisión, a esta Dirección
General de Sostenibilidad, de los correspondientes informes de seguimiento, que
debe incluir al menos la siguiente información:
• Estado de desarrollo de las obras con los correspondientes informes, tanto ordinarios como extraordinarios o de incidencia. Los informes ordinarios deben incluir los
informes iniciales, periódicos y final. Los informes extraordinarios se elaborarán
para tratar cualquier incidencia con trascendencia ambiental que pudiera darse en
la obra.
• Datos de las visitas de inspección a las instalaciones (personal inspector, fecha,
incidencias...).
• La verificación de la eficacia y correcto cumplimiento de las medidas que conforman el condicionado del presente informe.
• Control de las entradas y salidas de los residuos de construcción y demolición.
• Gestión de las distintas categorías de residuos tratados, así como los justificantes
de entrega a gestor autorizado.
• Cualquier otra incidencia que sea conveniente resaltar.
• Además, se incluirá un anexo fotográfico (en color) de las obras. Dichas imágenes
serán plasmadas sobre un mapa, con el fin de saber desde qué lugares han sido
realizadas.
Jueves, 22 de abril de 2021
20289
• Todas estas medidas, así como las medidas previstas en el Estudio de Impacto
Ambiental, se describirán con detalle en el plan de seguimiento ambiental del proyecto que se presentará anualmente ante el órgano ambiental.
5. Programa de Vigilancia Ambiental.
1. El promotor deberá elaborar anualmente un Programa de Vigilancia Ambiental y
designar un Coordinador Medioambiental, que se encargue de la verificación del
cumplimiento del Informe de Impacto Ambiental y de las medidas contenidas en el
en documento ambiental del proyecto, así como de la realización del seguimiento
correspondiente a dicho Programa de Vigilancia Ambiental.
2. El Coordinador Medioambiental, responsable del seguimiento ambiental de las obras
presentará los correspondientes informes de seguimiento, además de informar de
cualquier cambio sobre el proyecto original.
3. El Programa de Vigilancia Ambiental, se remitirá anualmente a la Dirección General
de Sostenibilidad para su supervisión. Este programa incluirá, entre otras actuaciones, la realización de visitas estratégicas y la elaboración y remisión, a esta Dirección
General de Sostenibilidad, de los correspondientes informes de seguimiento, que
debe incluir al menos la siguiente información:
• Estado de desarrollo de las obras con los correspondientes informes, tanto ordinarios como extraordinarios o de incidencia. Los informes ordinarios deben incluir los
informes iniciales, periódicos y final. Los informes extraordinarios se elaborarán
para tratar cualquier incidencia con trascendencia ambiental que pudiera darse en
la obra.
• Datos de las visitas de inspección a las instalaciones (personal inspector, fecha,
incidencias...).
• La verificación de la eficacia y correcto cumplimiento de las medidas que conforman el condicionado del presente informe.
• Control de las entradas y salidas de los residuos de construcción y demolición.
• Gestión de las distintas categorías de residuos tratados, así como los justificantes
de entrega a gestor autorizado.
• Cualquier otra incidencia que sea conveniente resaltar.
• Además, se incluirá un anexo fotográfico (en color) de las obras. Dichas imágenes
serán plasmadas sobre un mapa, con el fin de saber desde qué lugares han sido
realizadas.