Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental.- (2021061090)
Resolución de 13 de abril de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga la modificación no sustancial de la autorización ambiental integrada, presentada por Piensos Costa, SAU, de la Resolución concedida en fecha 12 de julio de 2007, por la que se otorgó autorización ambiental integrada y se formuló declaración de impacto ambiental a explotaciones porcinas Señorón, SL, para la instalación de explotación porcina.
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NÚMERO 75
20226
Jueves, 22 de abril de 2021
2. El titular de la instalación deberá comunicar a la Dirección General de Sostenibilidad cualquier modificación que se proponga realizar en la misma según se establece en el artículo
10 del texto refundido de la Ley de Prevención y Control Integrados de la Contaminación,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre; en los artículos 14
y 15 del Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre; y en el artículo 30 del Reglamento de
autorizaciones y comunicación ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
aprobado por el Decreto 81/2011.
3. En su caso, se deberá comunicar el cambio de titularidad en la instalación a la Dirección
General de Sostenibilidad.
4. Se dispondrá de una copia de la AAI en el mismo complejo industrial a disposición de los
agentes de la autoridad que lo requieran.
5. El incumplimiento de las condiciones de la resolución constituye una infracción que podrá
ser leve, grave o muy grave, según el artículo 31 del texto refundido de la Ley de Prevención y Control Integrados de la Contaminación, aprobado por el Real Decreto Legislativo
1/2016, de 16 de diciembre, sancionable, entre otras, con multas de hasta de 20.000,
200.000 y 2.000.000 euros, respectivamente.
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, el interesado podrá interponer
recurso de alzada de conformidad con lo establecido en los artículos 112, 115, 121 y 122 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, ante la Consejera para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, en el plazo de
un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución.
Transcurrido el plazo de interposición del recurso sin que éste se haya presentado, la presente
resolución será firme a todos los efectos legales.
Mérida, 13 de abril de 2021.
El Director General de Sostenibilidad,
JESÚS MORENO PÉREZ
20226
Jueves, 22 de abril de 2021
2. El titular de la instalación deberá comunicar a la Dirección General de Sostenibilidad cualquier modificación que se proponga realizar en la misma según se establece en el artículo
10 del texto refundido de la Ley de Prevención y Control Integrados de la Contaminación,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre; en los artículos 14
y 15 del Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre; y en el artículo 30 del Reglamento de
autorizaciones y comunicación ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
aprobado por el Decreto 81/2011.
3. En su caso, se deberá comunicar el cambio de titularidad en la instalación a la Dirección
General de Sostenibilidad.
4. Se dispondrá de una copia de la AAI en el mismo complejo industrial a disposición de los
agentes de la autoridad que lo requieran.
5. El incumplimiento de las condiciones de la resolución constituye una infracción que podrá
ser leve, grave o muy grave, según el artículo 31 del texto refundido de la Ley de Prevención y Control Integrados de la Contaminación, aprobado por el Real Decreto Legislativo
1/2016, de 16 de diciembre, sancionable, entre otras, con multas de hasta de 20.000,
200.000 y 2.000.000 euros, respectivamente.
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, el interesado podrá interponer
recurso de alzada de conformidad con lo establecido en los artículos 112, 115, 121 y 122 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, ante la Consejera para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, en el plazo de
un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución.
Transcurrido el plazo de interposición del recurso sin que éste se haya presentado, la presente
resolución será firme a todos los efectos legales.
Mérida, 13 de abril de 2021.
El Director General de Sostenibilidad,
JESÚS MORENO PÉREZ