Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental.- (2021061090)
Resolución de 13 de abril de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga la modificación no sustancial de la autorización ambiental integrada, presentada por Piensos Costa, SAU, de la Resolución concedida en fecha 12 de julio de 2007, por la que se otorgó autorización ambiental integrada y se formuló declaración de impacto ambiental a explotaciones porcinas Señorón, SL, para la instalación de explotación porcina.
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NÚMERO 75
Jueves, 22 de abril de 2021

20224

a. La incorporación de estiércol sobre la superficie del terreno puede realizarse bien mediante labrado bien utilizando otra maquinaria de cultivo, como el cultivador de rejas o
discos en función del tipo y las condiciones del suelo. El estiércol queda completamente
mezclado con el suelo o enterrado.
1.14. Emisiones generadas durante el proceso de producción completo.
MTD 23. Para reducir las emisiones de amoniaco generadas durante el proceso completo de
producción para la cría de cerdos (cerdas reproductoras incluidas), la MTD consiste en estimar
o calcular la reducción de las emisiones de amoniaco generadas en todo el proceso de producción utilizando las MTD aplicadas en la explotación.
No se exige la aplicación de esta MTD en base a lo dispuesto en el artículo 10.4 del Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre.
1.15. Supervisión de las emisiones y los parámetros del proceso.
MTD 24. La MTD consiste en supervisar el nitrógeno total y el fósforo total excretados presentes en el estiércol, utilizando una de las técnicas siguientes, al menos con la frecuencia que
se indica a continuación.
a. Cálculo aplicando un balance de masas de nitrógeno y fósforo basado en la ración, el
contenido de proteína bruta en la dieta, el fósforo total y el rendimiento de los animales.
MTD 25. La MTD consiste en supervisar las emisiones de amoniaco a la atmósfera utilizando
una de las técnicas siguientes, al menos con la frecuencia que se indica a continuación.
c. Estimación utilizando factores de emisión.
MTD 26. Solo es aplicable en los casos en que se prevén molestias debidas al olor en receptores sensibles y/o se haya confirmado la existencia de tales molestias.
No será de aplicación ya que no se prevén molestias por olores a receptores sensibles.
MTD 27. La MTD consiste en supervisar las emisiones de polvo de cada alojamiento para
animales utilizando una de las técnicas siguientes, al menos con la frecuencia que se indica
a continuación.
No se exige la aplicación de esta MTD en base a lo dispuesto en el artículo 10.4 del Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre.
MTD 28. La MTD consiste en supervisar las emisiones de amoniaco, polvo y/u olores de cada
alojamiento animal equipado con un sistema de depuración del aire utilizando todas las técnicas siguientes, al menos con la frecuencia que se indica a continuación.