Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental.- (2021061056)
Resolución de 9 de abril de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Ampliación de industria de extracción de aceites vegetales", cuyo promotor es Consorcio Oleícola Extremeño, SL, en el término municipal de Mérida. Expte.: IA19/1386.
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NÚMERO 74
MIércoles, 21 de abril de 2021



19982

• Una vez terminadas las obras de ampliación se procederá a la limpieza general de las
áreas afectadas, retirando las instalaciones temporales, restos de máquinas y escombros, que serán entregados a gestor de residuos autorizado.



• Dentro de los seis meses siguientes a las obras de ampliación deberán estar ejecutadas las obras de recuperación de las zonas alteradas que no se hubieran realizado
durante la fase de construcción.

c) Medidas en fase de explotación.


• Toda superficie de la industria deberá estar dotada de pavimento impermeable.



• La industria va a contar con las siguientes redes de saneamiento:



- Red de aguas sanitarias: se trata de una red independiente que recoge las aguas
procedentes de aseos y vestuarios, con vertido a la red de alcantarillado del
polígono.



- Red de aguas pluviales: recoge las aguas pluviales de cubiertas y sumideros en
áreas limpias, con vertido a la red de alcantarillado del polígono.



• Red de aguas de proceso y pluviales contaminadas: se trata de los vertidos de equipos
de producción, aguas de baldeo y aguas pluviales que no reúnen los parámetros exigidos para el vertido a la red de alcantarillado del polígono. Son enviadas a depósitos
pulmón de aguas residuales previamente a su retirada por gestor autorizado.



• El vertido finalmente evacuado a la red de saneamiento del polígono deberá cumplir
las condiciones establecidas por el Ayuntamiento de Mérida en su autorización de
vertido.



• El almacenamiento y gestión de los productos necesarios para el desarrollo de la actividad, se regirá por su normativa específica.



• En general, para todos los productos químicos almacenados en la instalación, deberá
observarse minuciosamente el cumplimiento de todas aquellas prescripciones técnicas de seguridad que sean de aplicación al almacenamiento y manipulación de los
mismos, especialmente el de aquellas que se recojan en las correspondientes Fichas
Técnicas de Seguridad y en el Real Decreto 656/2017, de 23 de junio, por el que se
aprueba el Reglamento de Almacenamiento de Productos Químicos y sus Instrucciones Técnicas Complementarias MIE APQ 0 a 10.



• Se informará al personal de la planta de los peligros asociados a la manipulación de
productos químicos al objeto de reducir riesgos ambientales y accidentes laborales.