Otras Resoluciones. Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Entidades Locales. Ayudas.- (2021060983)
Resolución de 7 de abril de 2021, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas a otorgar a entidades locales de menos de 20.000 habitantes destinadas al desarrollo de pueblos inteligentes en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 74
Miércoles, 21 de abril de 2021
19918
a) El responsable del tratamiento de sus datos personales es la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital.
b) La finalidad del tratamiento de sus datos es la ordenación e instrucción de la concesión de las ayudas a entidades locales de menos de 20.000 habitantes
destinadas al desarrollo de pueblos inteligentes.
c) La legitimación del tratamiento es el ejercicio de poderes públicos (artículo 6.1 e) del RGPD)
d) Los datos personales tratados en este procedimiento podrán ser cedidos a la Dirección General de Financiación Autonómica y Fondos Europeos para
llevar a cabo las verificaciones administrativas previas a la declaración de gastos a la Comisión Europea, conforme el artículo 125 del Reglamento (UE) Nº
1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo
de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de
la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de
Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) 1083/2006 del Consejo.
Asimismo, podrán ser transferidos datos a otros organismos u órganos de la Administración Pública sin precisar el previo consentimiento del interesado
cuando así lo prevea una norma de derecho de la Unión Europea o una ley nacional, que determine las cesiones como consecuencia del cumplimiento de
una obligación legal, aunque deberemos informar de este tratamiento al interesado, salvo las excepciones previstas en el artículo 14.5 del RGPD.
Cualquier cesión de datos no incluida en los supuestos indicados anteriormente, requerirá del previo consentimiento por parte del interesado al organismo
u órgano de la Administración Pública que solicite la cesión de los datos por precisarlos para el ejercicio de sus competencias.
e) La información será conservada hasta la finalización del expediente y posteriormente durante los plazos legalmente previstos en la normativa y durante
el plazo que un juez o tribunal los pueda reclamar. Cumplidos esos plazos el expediente puede ser trasladado al Archivo Histórico de acuerdo con la
normativa vigente.
f) Derechos de las personas interesadas: acceso, rectificación, cancelación, portabilidad, supresión, limitación del tratamiento y oposición, así como otra
información según se describe en la información adicional.
La información adicional estará disponible en el Portal del Ciudadano: https://ciudadano.juntaex.es, seleccionando el procedimiento correspondiente, en la
pestaña “Más información” de la ficha informativa del procedimiento.
DIRECCIÓN GENERAL DE AGENDA DIGITAL DE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, CIENCIA Y AGENDA DIGITAL. Paseo de
Roma, s/n MÉRIDA. Código Unidad Administrativa (DIR3): A11016347
Fondo Europeo de Desarrollo Regional
Una manera de hacer Europa
Miércoles, 21 de abril de 2021
19918
a) El responsable del tratamiento de sus datos personales es la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital.
b) La finalidad del tratamiento de sus datos es la ordenación e instrucción de la concesión de las ayudas a entidades locales de menos de 20.000 habitantes
destinadas al desarrollo de pueblos inteligentes.
c) La legitimación del tratamiento es el ejercicio de poderes públicos (artículo 6.1 e) del RGPD)
d) Los datos personales tratados en este procedimiento podrán ser cedidos a la Dirección General de Financiación Autonómica y Fondos Europeos para
llevar a cabo las verificaciones administrativas previas a la declaración de gastos a la Comisión Europea, conforme el artículo 125 del Reglamento (UE) Nº
1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo
de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de
la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de
Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) 1083/2006 del Consejo.
Asimismo, podrán ser transferidos datos a otros organismos u órganos de la Administración Pública sin precisar el previo consentimiento del interesado
cuando así lo prevea una norma de derecho de la Unión Europea o una ley nacional, que determine las cesiones como consecuencia del cumplimiento de
una obligación legal, aunque deberemos informar de este tratamiento al interesado, salvo las excepciones previstas en el artículo 14.5 del RGPD.
Cualquier cesión de datos no incluida en los supuestos indicados anteriormente, requerirá del previo consentimiento por parte del interesado al organismo
u órgano de la Administración Pública que solicite la cesión de los datos por precisarlos para el ejercicio de sus competencias.
e) La información será conservada hasta la finalización del expediente y posteriormente durante los plazos legalmente previstos en la normativa y durante
el plazo que un juez o tribunal los pueda reclamar. Cumplidos esos plazos el expediente puede ser trasladado al Archivo Histórico de acuerdo con la
normativa vigente.
f) Derechos de las personas interesadas: acceso, rectificación, cancelación, portabilidad, supresión, limitación del tratamiento y oposición, así como otra
información según se describe en la información adicional.
La información adicional estará disponible en el Portal del Ciudadano: https://ciudadano.juntaex.es, seleccionando el procedimiento correspondiente, en la
pestaña “Más información” de la ficha informativa del procedimiento.
DIRECCIÓN GENERAL DE AGENDA DIGITAL DE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, CIENCIA Y AGENDA DIGITAL. Paseo de
Roma, s/n MÉRIDA. Código Unidad Administrativa (DIR3): A11016347
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