Otras Resoluciones. Servicio Extremeño Público De Empleo. Fomento Del Empleo. Subvenciones.- (2021061045)
Resolución de 13 de abril de 2021, de la Secretaría General de Empleo, por la que se aprueba la convocatoria de las subvenciones para el fomento de la contratación indefinida en la Comunidad Autónoma de Extremadura, correspondiente al ejercicio 2021.
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NÚMERO 74
MIércoles, 21 de abril de 2021

19991

SERVICIO EXTREMEÑO PÚBLICO DE EMPLEO
RESOLUCIÓN de 13 de abril de 2021, de la Secretaría General de Empleo,
por la que se aprueba la convocatoria de las subvenciones para el fomento
de la contratación indefinida en la Comunidad Autónoma de Extremadura,
correspondiente al ejercicio 2021. (2021061045)
La Orden de 4 de marzo de 2021 establece las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a fomentar el empleo indefinido en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
El artículo 13 de dicha orden establece que el procedimiento para la concesión de las subvenciones establecidas en el mismo, es el de concesión directa mediante convocatoria abierta,
en los términos establecidos en el capítulo III del título II de la Ley 6/2011, de 23 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por tratarse de una subvención destinada a fomentar la creación y estabilidad en el empleo, mediante la incorporación
al mercado laboral de personas desempleadas con especiales dificultades de inserción. Estas
circunstancias, las razones de carácter público y social que llevan aparejadas y la imposibilidad de establecer criterios objetivos para determinar un orden de prelación en la concesión
de las ayudas justifican el régimen de concesión directa.
En la presente convocatoria, atendiendo a la naturaleza de las subvenciones y a efectos de
la presentación de solicitudes, se hace uso del plazo excepcional establecido en el artículo
17.3 de la Orden de 4 de marzo de 2021, por la que se establecen las bases reguladoras de
las subvenciones destinadas a fomentar el empleo indefinido en la Comunidad Autónoma de
Extremadura. Se habilita un plazo de dos meses desde el día siguiente a la publicación en el
DOE de la resolución de convocatoria, para que puedan presentarse solicitudes para los contratos cuyas fechas de inicio o transformación se hayan producido entre el 1 de septiembre
de 2020 y el día de publicación de la presente resolución, de modo que ampare todas las contrataciones que, al día de finalizar la vigencia de la convocatoria anterior, realizada mediante
resolución de 12 de diciembre de 2019 (DOE núm. 246, de 24 de diciembre de 2019), aún
disponían de plazo para presentar la solicitud de ayuda.
En la Orden de 4 de marzo de 2021, por la que se establecen las bases reguladoras de las
subvenciones destinadas a fomentar el empleo indefinido en la Comunidad Autónoma de
Extremadura se establece que las solicitudes de las ayudas se presentarán obligatoriamente
a través de la sede electrónica de la Junta de Extremadura, estando disponible el anexo de
solicitud en la web https://sede.gobex.es/SEDE/.