Disposiciones Generales. Consejería De Educación Y Empleo. Educación. Premios.- (2021050054)
Orden de 14 de abril de 2021 por la que se regulan y convocan los Premios de Cultura Emprendedora en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2020/2021.
14 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 74
MIércoles, 21 de abril de 2021
19856
Artículo 6. Solicitudes de inscripción y entrega de proyectos.
1. L
os centros educativos que hayan constituido equipos de estudiantes en el programa Expertemprende, y los hayan inscrito en plazo en la web del proyecto, podrán presentar las
solicitudes formalizándolas según los modelos del anexo I de la presente orden, que irán
dirigidas al titular del Servicio de Programas Educativos y Atención a la Diversidad.
2. Para optar a estos premios los participantes deberán presentar un proyecto empresarial
con posibilidades de desarrollo en Extremadura, formalizándolo según el modelo del anexo
II, que se acompañará a la solicitud.
3. E
l plan de empresa comprenderá obligatoriamente al menos las siguientes secciones: Proyecto y promotores, análisis de mercado, plan de marketing, medios técnicos y humanos,
análisis económico-financiero, resumen ejecutivo.
4. E
n la página http://culturaemprendedora.extremaduraempresarial.es se facilitará una guía
de Plan de Empresa como recurso y herramienta para facilitar el trabajo al alumnado. Los
grupos participantes podrán elaborar su propio modelo de proyecto que debe incluir toda
la información mínima requerida.
5. El formato de presentación del proyecto podrá ser en soporte digital, pudiendo incluir un
enlace a un vídeo como elemento de mejora del proyecto que debe ser de creación propia
y elaborado para este fin (máximo 3 minutos de duración) o en formato papel pudiendo
incluir cualquier material de apoyo, como fotografías, vídeos, maquetas, etc.
6. Cada centro deberá presentar una solicitud y un proyecto por cada equipo participante.
7. Dichas solicitudes, acompañadas de los proyectos, podrán presentarse en cualquiera de
los registros y oficinas a que se refiere el artículo 7.1 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones
administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, incluyendo el Registro Electrónico General de la Administración del Estado a través
de https://sede.administracion.gob.es/PAG_Sede/ServiciosElectronicos/RegistroElectronicoComun.html. En caso de que optara por presentar la solicitud en una oficina de correos,
lo harán en sobre abierto para que el impreso de solicitud sea fechado y sellado antes de
ser certificado.
8. El plazo de presentación de las solicitudes será de diez días hábiles contados desde el siguiente a la publicación de la presente orden en el Diario Oficial de Extremadura.
MIércoles, 21 de abril de 2021
19856
Artículo 6. Solicitudes de inscripción y entrega de proyectos.
1. L
os centros educativos que hayan constituido equipos de estudiantes en el programa Expertemprende, y los hayan inscrito en plazo en la web del proyecto, podrán presentar las
solicitudes formalizándolas según los modelos del anexo I de la presente orden, que irán
dirigidas al titular del Servicio de Programas Educativos y Atención a la Diversidad.
2. Para optar a estos premios los participantes deberán presentar un proyecto empresarial
con posibilidades de desarrollo en Extremadura, formalizándolo según el modelo del anexo
II, que se acompañará a la solicitud.
3. E
l plan de empresa comprenderá obligatoriamente al menos las siguientes secciones: Proyecto y promotores, análisis de mercado, plan de marketing, medios técnicos y humanos,
análisis económico-financiero, resumen ejecutivo.
4. E
n la página http://culturaemprendedora.extremaduraempresarial.es se facilitará una guía
de Plan de Empresa como recurso y herramienta para facilitar el trabajo al alumnado. Los
grupos participantes podrán elaborar su propio modelo de proyecto que debe incluir toda
la información mínima requerida.
5. El formato de presentación del proyecto podrá ser en soporte digital, pudiendo incluir un
enlace a un vídeo como elemento de mejora del proyecto que debe ser de creación propia
y elaborado para este fin (máximo 3 minutos de duración) o en formato papel pudiendo
incluir cualquier material de apoyo, como fotografías, vídeos, maquetas, etc.
6. Cada centro deberá presentar una solicitud y un proyecto por cada equipo participante.
7. Dichas solicitudes, acompañadas de los proyectos, podrán presentarse en cualquiera de
los registros y oficinas a que se refiere el artículo 7.1 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones
administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, incluyendo el Registro Electrónico General de la Administración del Estado a través
de https://sede.administracion.gob.es/PAG_Sede/ServiciosElectronicos/RegistroElectronicoComun.html. En caso de que optara por presentar la solicitud en una oficina de correos,
lo harán en sobre abierto para que el impreso de solicitud sea fechado y sellado antes de
ser certificado.
8. El plazo de presentación de las solicitudes será de diez días hábiles contados desde el siguiente a la publicación de la presente orden en el Diario Oficial de Extremadura.