Autoridades Y Personal. Oposiciones Y Concursos. Servicio Extremeño De Salud. Concurso De Traslados.- (2021061053)
Resolución de 7 de abril de 2021, de la Dirección Gerencia, por la que se convoca concurso de traslado para la provisión de plazas básicas vacantes en determinadas especialidades de la Categoría de Facultativo/a Especialista de Área, en las instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud.
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NÚMERO 73
Martes, 20 de abril de 2021
19656
2. Experiencia profesional.
2.1. Por cada mes completo de servicios prestados en la categoría y especialidad a la
que se concursa, con carácter temporal, incluida la Promoción Interna Temporal,
en centros e instituciones sanitarios públicos del Sistema Nacional de Salud o de
los países miembros de la Unión Europea: 0,15 puntos.
2.2. Por cada mes completo de servicios prestados en otra categoría y/o especialidad
sanitaria distinta a la que se concursa, en centros e instituciones sanitarios públicos del Sistema Nacional de Salud o de los países miembros de la Unión Europea:
0,020 puntos.
2.3. Por cada mes completo de servicios prestados desempeñando complementos funciones de Jefaturas de Unidad en centros e instituciones sanitarios públicos del
Sistema Nacional de Salud o de los países miembros de la Unión Europea: 0,016
puntos.
Para los apartados, 1, 2.1, 2.2 y 2.3. se tendrán en cuenta las situaciones de servicio
activo, además de las situaciones de excedencia por cuidado de familiares y excedencia por razón de violencia de género durante el tiempo que se mantenga reserva de
puesto, así como las reducciones de jornadas por razones de maternidad o de conciliación personal, familiar y laboral se computarán como si se hubieran prestado al 100%
de la misma. Así mismo, se tendrán en cuenta los servicios prestados por el sistema
de cupo como prestados en la categoría bajo la modalidad de jornada completa.
El resto de los servicios prestados que no sean a jornada completa se valorarán en
proporción a la jornada realmente trabajada.
3. Permanencia en la plaza.
Por cada mes completo de permanencia, como personal estatutario fijo, en la última
plaza obtenida con carácter definitivo en la categoría desde la que se concursa, se
otorgará 0,04 puntos.
Para el personal estatutario que haya estado o esté en situación que conlleve derecho a reserva de plaza, se entenderá que durante el tiempo de permanencia en dicha
situación estuvo o está, respectivamente, desempeñando una plaza equivalente a la
reservada.
Al personal que opte por integrarse al concursar en el régimen estatutario de conformidad con los decretos de integración anteriormente mencionados, así como el personal
que haya resultado integrado en el régimen estatutario, se le computará la permanencia como prestada en la categoría estatutaria en la que haya resultado integrado o en
la que resulte integrarse.
Martes, 20 de abril de 2021
19656
2. Experiencia profesional.
2.1. Por cada mes completo de servicios prestados en la categoría y especialidad a la
que se concursa, con carácter temporal, incluida la Promoción Interna Temporal,
en centros e instituciones sanitarios públicos del Sistema Nacional de Salud o de
los países miembros de la Unión Europea: 0,15 puntos.
2.2. Por cada mes completo de servicios prestados en otra categoría y/o especialidad
sanitaria distinta a la que se concursa, en centros e instituciones sanitarios públicos del Sistema Nacional de Salud o de los países miembros de la Unión Europea:
0,020 puntos.
2.3. Por cada mes completo de servicios prestados desempeñando complementos funciones de Jefaturas de Unidad en centros e instituciones sanitarios públicos del
Sistema Nacional de Salud o de los países miembros de la Unión Europea: 0,016
puntos.
Para los apartados, 1, 2.1, 2.2 y 2.3. se tendrán en cuenta las situaciones de servicio
activo, además de las situaciones de excedencia por cuidado de familiares y excedencia por razón de violencia de género durante el tiempo que se mantenga reserva de
puesto, así como las reducciones de jornadas por razones de maternidad o de conciliación personal, familiar y laboral se computarán como si se hubieran prestado al 100%
de la misma. Así mismo, se tendrán en cuenta los servicios prestados por el sistema
de cupo como prestados en la categoría bajo la modalidad de jornada completa.
El resto de los servicios prestados que no sean a jornada completa se valorarán en
proporción a la jornada realmente trabajada.
3. Permanencia en la plaza.
Por cada mes completo de permanencia, como personal estatutario fijo, en la última
plaza obtenida con carácter definitivo en la categoría desde la que se concursa, se
otorgará 0,04 puntos.
Para el personal estatutario que haya estado o esté en situación que conlleve derecho a reserva de plaza, se entenderá que durante el tiempo de permanencia en dicha
situación estuvo o está, respectivamente, desempeñando una plaza equivalente a la
reservada.
Al personal que opte por integrarse al concursar en el régimen estatutario de conformidad con los decretos de integración anteriormente mencionados, así como el personal
que haya resultado integrado en el régimen estatutario, se le computará la permanencia como prestada en la categoría estatutaria en la que haya resultado integrado o en
la que resulte integrarse.