Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Trámites Telemáticos.- (2021060994)
Resolución de 31 de marzo de 2021, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se hace pública la disponibilidad de la tramitación por medios electrónicos, del procedimiento de "Declaración responsable de adecuación individualizada del parque de grúas móviles autopropulsadas" y se publica el modelo de formulario asociado a la tramitación.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 73
Martes, 20 de abril de 2021
CÓDIGO CIP
P5540
19814
DECLARACIÓN RESPONSABLE DE ADECUACIÓN
INDIVIDUALIZADA DEL PARQUE DE GRÚAS
MÓVILES AUTOPROPULSADAS
5. D OC UM EN T OS A P OR T A DO S
De acuerdo con las características de la grúa antes descrita, acompaño la siguiente documentación:
1. Grúa con marcado CE:
Declaración CE de conformidad de la grúa móvil autopropulsada
2. Grúa sin marcado CE:
Certificado de adecuación de la grúa a las prescripciones técnicas correspondientes del anexo I de la ITC MIE-AEM-4,
firmado por organismo de control habilitado en dicho campo reglamentario, con indicación de las soluciones adoptadas para su
cumplimiento.
Manual de Instrucciones de la grúa.
Documentos gráficos:
Planos
Fotografías
6. DECLARACIÓN
El que suscribe y firma la declaración, actuando como propietario de la Grúa Móvil autopropulsada o representante del mismo,
está acreditado y con poder legal suficiente para representarlo. Antes de que se realice la primera utilización de la Grúa y con
objeto de acreditar el cumplimiento, de lo dispuesto en el apartado 4 del Real Decreto 837/2003, de 27 de junio, por el que se
aprueba el nuevo texto modificado y refundido de la Instrucción técnica complementaria MIE-AEM-4 del Reglamento de aparatos
de elevación y manutención, referente a grúas móviles autopropulsadas, DECLARA:
1.- Que el propietario de la grúa móvil autopropulsada declarada, se compromete a:
-Mantener el cumplimiento de los requisitos exigidos por la Instrucción Técnica Complementaria MIE-AEM-4 durante todo el
tiempo que dicha grúa pertenezca a su parque de grúas móviles autopropulsadas
-Responsabilizarse de que las operaciones de mantenimiento, revisiones e inspecciones oficiales de la misma, sean realizadas en
los plazos dispuestos y por las personas, empresas, fabricantes o entidades indicados en la Instrucción técnica complementaria.
-Placa adhesiva: Comprobar de que disponga en parte fácilmente visible de la cabina de la grúa y bajo la responsabilidad del
organismo de control que realice la inspección, una placa adhesiva de color verde, de 105 × 74 mm, cuyo modelo se adjunta en el
anexo VIII de la Instrucción técnica complementaria MIE-AEM-4.
2.-Que el propietario de la grúa móvil declarada: Tendrá en todo momento a disposición de la autoridad competente, el historial
actualizado de incidencias de la grúa derivadas de su utilización o conservación, conforme a lo establecido en el apartado 7.1 de
la Instrucción técnica complementaria MIE-AEM-4.
3.-Que los datos y manifestaciones que figuran en esta Declaración son ciertos y que el propietario de la grúa móvil es conocedor
de que:
La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial de los mismos, habilitará a la autoridad competente para dictar
resolución por la que se declare la imposibilidad de seguir ejerciendo el derecho de uso de la grúa, sin perjuicio de las
responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera lugar.
El cese en el uso de la grúa móvil declarada (baja en el parque de grúas móviles autopropulsadas del propietario) deberá
ser comunicado a la autoridad competente en el plazo máximo de un mes, desde el momento en que se produjera dicho
hecho.
El incumplimiento de los requisitos exigidos, verificado por la autoridad competente, conllevará el cese automático del
uso de la grúa móvil autopropulsada, salvo que pueda incoarse un expediente de subsanación, sin perjuicio de las
sanciones que pudieran derivarse de la gravedad de los incumplimientos comprobados.
Hoja 2 de 4
Martes, 20 de abril de 2021
CÓDIGO CIP
P5540
19814
DECLARACIÓN RESPONSABLE DE ADECUACIÓN
INDIVIDUALIZADA DEL PARQUE DE GRÚAS
MÓVILES AUTOPROPULSADAS
5. D OC UM EN T OS A P OR T A DO S
De acuerdo con las características de la grúa antes descrita, acompaño la siguiente documentación:
1. Grúa con marcado CE:
Declaración CE de conformidad de la grúa móvil autopropulsada
2. Grúa sin marcado CE:
Certificado de adecuación de la grúa a las prescripciones técnicas correspondientes del anexo I de la ITC MIE-AEM-4,
firmado por organismo de control habilitado en dicho campo reglamentario, con indicación de las soluciones adoptadas para su
cumplimiento.
Manual de Instrucciones de la grúa.
Documentos gráficos:
Planos
Fotografías
6. DECLARACIÓN
El que suscribe y firma la declaración, actuando como propietario de la Grúa Móvil autopropulsada o representante del mismo,
está acreditado y con poder legal suficiente para representarlo. Antes de que se realice la primera utilización de la Grúa y con
objeto de acreditar el cumplimiento, de lo dispuesto en el apartado 4 del Real Decreto 837/2003, de 27 de junio, por el que se
aprueba el nuevo texto modificado y refundido de la Instrucción técnica complementaria MIE-AEM-4 del Reglamento de aparatos
de elevación y manutención, referente a grúas móviles autopropulsadas, DECLARA:
1.- Que el propietario de la grúa móvil autopropulsada declarada, se compromete a:
-Mantener el cumplimiento de los requisitos exigidos por la Instrucción Técnica Complementaria MIE-AEM-4 durante todo el
tiempo que dicha grúa pertenezca a su parque de grúas móviles autopropulsadas
-Responsabilizarse de que las operaciones de mantenimiento, revisiones e inspecciones oficiales de la misma, sean realizadas en
los plazos dispuestos y por las personas, empresas, fabricantes o entidades indicados en la Instrucción técnica complementaria.
-Placa adhesiva: Comprobar de que disponga en parte fácilmente visible de la cabina de la grúa y bajo la responsabilidad del
organismo de control que realice la inspección, una placa adhesiva de color verde, de 105 × 74 mm, cuyo modelo se adjunta en el
anexo VIII de la Instrucción técnica complementaria MIE-AEM-4.
2.-Que el propietario de la grúa móvil declarada: Tendrá en todo momento a disposición de la autoridad competente, el historial
actualizado de incidencias de la grúa derivadas de su utilización o conservación, conforme a lo establecido en el apartado 7.1 de
la Instrucción técnica complementaria MIE-AEM-4.
3.-Que los datos y manifestaciones que figuran en esta Declaración son ciertos y que el propietario de la grúa móvil es conocedor
de que:
La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial de los mismos, habilitará a la autoridad competente para dictar
resolución por la que se declare la imposibilidad de seguir ejerciendo el derecho de uso de la grúa, sin perjuicio de las
responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera lugar.
El cese en el uso de la grúa móvil declarada (baja en el parque de grúas móviles autopropulsadas del propietario) deberá
ser comunicado a la autoridad competente en el plazo máximo de un mes, desde el momento en que se produjera dicho
hecho.
El incumplimiento de los requisitos exigidos, verificado por la autoridad competente, conllevará el cese automático del
uso de la grúa móvil autopropulsada, salvo que pueda incoarse un expediente de subsanación, sin perjuicio de las
sanciones que pudieran derivarse de la gravedad de los incumplimientos comprobados.
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