Otras Resoluciones. Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios.- (2021061066)
Resolución de 15 de abril de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza una transferencia específica de carácter plurianual a favor de la Empresa Pública Extremadura Avante Servicios Avanzados a PYMES, SLU, para la puesta en marcha del programa de apoyo a la exportación 2021-2022.
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NÚMERO 73
Martes, 20 de abril de 2021
19725
c) Permitir a las empresas testar directamente sus productos en el mercado, a fin
de evaluar si son competitivos en precios y posicionamiento en relación con sus
competidores.
3.3. Desarrollo de las operaciones de la actividad.
El programa se desarrolla a través de dos tipos de operaciones:
a) Acciones de difusión dirigidas a incrementar el conocimiento y reconocimiento de
las marcas promocionales, elevando así la notoriedad de los productos extremeños en general. Entre ellas se encuentran los eventos gastronómicos, las degustaciones y las campañas de difusión en medios, así como otros eventos de exposición y venta directa. El desarrollo de estas operaciones implica la realización
de un proceso de selección de empresas participantes por parte de Extremadura
Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU.
b) Acciones encaminadas a facilitar el acceso de productos extremeños elaborados
por empresas determinadas en los canales de la distribución organizada. En este
tipo de acciones se encuentran las promociones en punto de venta (PPV). El desarrollo de estas operaciones implica la realización de un proceso de selección de
empresas participantes por parte de una entidad externa (ya sea jefe de compras
o promotor del concreto evento comercial).
3.4. Beneficiarios, requisitos y procedimientos de selección:
Podrá ser beneficiaria toda empresa extremeña autorizada a utilizar la marca promocional correspondiente a la acción de difusión o promocional de que se trate, de
conformidad con lo previsto en el artículo 7 del Decreto 3/2020, de 12 de febrero,
por el que se establecen las condiciones de uso de las marcas promocionales de titularidad de la Junta de Extremadura y se establecen las condicione mínimas de los
Reglamentos de uso. La adaptabilidad de los productos presentados por cada una de
las empresas inscritas a cada concreta acción de difusión o promoción será evaluada
por el promotor o responsable comercial del evento o de la PPV (en adelante, la entidad externa), quién determinará cuáles son los más aptos para participar en la acción
comercial.
La empresa beneficiaría de la acción comercial deberá proporcionar la información y
los productos que correspondan para la correcta ejecución de la operación, así como
velar y garantizar la correcta presentación de sus productos.
Martes, 20 de abril de 2021
19725
c) Permitir a las empresas testar directamente sus productos en el mercado, a fin
de evaluar si son competitivos en precios y posicionamiento en relación con sus
competidores.
3.3. Desarrollo de las operaciones de la actividad.
El programa se desarrolla a través de dos tipos de operaciones:
a) Acciones de difusión dirigidas a incrementar el conocimiento y reconocimiento de
las marcas promocionales, elevando así la notoriedad de los productos extremeños en general. Entre ellas se encuentran los eventos gastronómicos, las degustaciones y las campañas de difusión en medios, así como otros eventos de exposición y venta directa. El desarrollo de estas operaciones implica la realización
de un proceso de selección de empresas participantes por parte de Extremadura
Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU.
b) Acciones encaminadas a facilitar el acceso de productos extremeños elaborados
por empresas determinadas en los canales de la distribución organizada. En este
tipo de acciones se encuentran las promociones en punto de venta (PPV). El desarrollo de estas operaciones implica la realización de un proceso de selección de
empresas participantes por parte de una entidad externa (ya sea jefe de compras
o promotor del concreto evento comercial).
3.4. Beneficiarios, requisitos y procedimientos de selección:
Podrá ser beneficiaria toda empresa extremeña autorizada a utilizar la marca promocional correspondiente a la acción de difusión o promocional de que se trate, de
conformidad con lo previsto en el artículo 7 del Decreto 3/2020, de 12 de febrero,
por el que se establecen las condiciones de uso de las marcas promocionales de titularidad de la Junta de Extremadura y se establecen las condicione mínimas de los
Reglamentos de uso. La adaptabilidad de los productos presentados por cada una de
las empresas inscritas a cada concreta acción de difusión o promoción será evaluada
por el promotor o responsable comercial del evento o de la PPV (en adelante, la entidad externa), quién determinará cuáles son los más aptos para participar en la acción
comercial.
La empresa beneficiaría de la acción comercial deberá proporcionar la información y
los productos que correspondan para la correcta ejecución de la operación, así como
velar y garantizar la correcta presentación de sus productos.