Otras Resoluciones. Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios.- (2021061066)
Resolución de 15 de abril de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza una transferencia específica de carácter plurianual a favor de la Empresa Pública Extremadura Avante Servicios Avanzados a PYMES, SLU, para la puesta en marcha del programa de apoyo a la exportación 2021-2022.
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NÚMERO 73
Martes, 20 de abril de 2021



19716

Las modalidades de aplicación de los requisitos y compromiso a cumplir por los beneficiarios, así como los criterios de selección de las empresas participantes, serán fijadas
en las correspondientes bases reguladoras.

1.5. Procedimiento de concesión de la subvención establecida en punto 1.3.2:


El procedimiento de concesión de la subvención se tramitará conforme a lo previsto
en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, en lo que resulte de aplicación, concretamente conforme a lo previsto
en su artículo 1 en relación con la Disposición Adicional Tercera de la citada norma, encontrando Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU. su especial habilitación en el apartado 1 del artículo 2 de la Ley 20/2010, de 28 de diciembre, de concentración empresarial pública en la Comunidad Autónoma de Extremadura, norma de
creación de Extremadura Avante, en su redacción dada por la reciente Ley 8/2016, de
12 de diciembre, de medidas tributarias, patrimoniales, financieras y administrativas
de la Comunidad Autónoma de Extremadura.



Las convocatorias se realizarán mediante Acuerdo del Director de Extremadura Avante
Servicios Avanzados a Pymes, SLU, previa autorización de la Consejería de Economía,
Ciencia y Agenda Digital. La convocatoria se realizará con base en los principios de
igualdad, concurrencia, publicidad, transparencia y no discriminación.



Las empresas interesadas podrán consultar toda la información del programa a través
de la web www.extremaduraavante.es durante el periodo de convocatoria estipulado.



Recibida la solicitud se verificará el cumplimiento de los requisitos y se valorarán las
solicitudes conforme a los criterios de valoración establecidos en las correspondientes
bases reguladoras.



La subvención se halla acogida al régimen de mínimis, sujetándose a lo establecido en
el Reglamento (UE) 1407/2013, de la Comisión de 18 de diciembre de 2013, relativo
a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión
Europea a las ayudas de mínimis (DOUE L 352, de 24 de diciembre), no pudiendo
superar la ayuda total de mínimis la cantidad de 200.000 euros durante cualquier
período de tres ejercicios fiscales.

1.6. Publicidad.


En cumplimiento de los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, se procederá a publicar en el Diario Oficial de
Extremadura las bases reguladoras y los acuerdos de las convocatorias que se efec-