Otras Resoluciones. Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios.- (2021061066)
Resolución de 15 de abril de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza una transferencia específica de carácter plurianual a favor de la Empresa Pública Extremadura Avante Servicios Avanzados a PYMES, SLU, para la puesta en marcha del programa de apoyo a la exportación 2021-2022.
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NÚMERO 73

19713

Martes, 20 de abril de 2021

Undécima. Publicidad.
La identificación de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital, deberá aparecer
en todos los soportes publicitarios de las actividades que se realicen con los fondos de esta
transferencia específica y se deberán cumplir las prescripciones sobre identificación, información y publicidad de las inversiones realizadas por la Junta de Extremadura, recogidas en la
correspondiente normativa.
Deberán cumplirse los requisitos establecidos en el Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre
medidas adicionales de gestión de inversiones financiadas por la Junta de Extremadura.
Del mismo modo deberán cumplirse con las indicaciones que sobre publicidad se contienen en
las instrucciones de justificación del Anexo II del presente convenio.
Duodécima. Régimen jurídico y resolución de controversias.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa, quedando excluido del ámbito de la
Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al
ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/
UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6,
y formalizándose al amparo de lo dispuesto en el artículo 45 de la citada Ley 1/2021 de 3 de
febrero de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año
2021 (DOE n.º 24, de 5 de febrero) y por lo tanto todas las cuestiones que se puedan plantear en orden a su cumplimiento, interpretación, resolución y efectos, deberán resolverse de
mutuo acuerdo entre las partes, mediante diálogo y negociación en el seno de la Comisión de
Seguimiento establecida en la cláusula octava del presente convenio.
Asimismo estará sujeto a lo dispuesto en el Capítulo VI, del Título Preliminar, de la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente convenio en duplicado ejemplar
y a un solo efecto en la fecha y lugar mencionados en el encabezamiento.

El Consejero de Economía, Ciencia y
Agenda Digital

El Consejero Delegado de

P.D. Resolución de 18 de julio de 2019

Extremadura Avante Servicios Avanzados a

(DOE n.º 141, de 23 de julio)

Pymes, SLU.

El Secretario General
MANUEL JIMÉNEZ GARCÍA

MIGUEL BERNAL CARRIÓN