Otras Resoluciones. Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios.- (2021061066)
Resolución de 15 de abril de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza una transferencia específica de carácter plurianual a favor de la Empresa Pública Extremadura Avante Servicios Avanzados a PYMES, SLU, para la puesta en marcha del programa de apoyo a la exportación 2021-2022.
49 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 73
Martes, 20 de abril de 2021
19711
La Comisión de Seguimiento tendrá entre otras las siguientes funciones:
a) Realizar el seguimiento de las actividades y tareas ejecutadas en virtud de la presente
transferencia verificando su adecuada progresión y el alcance de los objetivos del proyecto a desarrollar anualmente.
b) Aclarar y resolver cuantas dudas y controversias pudieran surgir en la interpretación y
ejecución del presente convenio.
c) Aprobar, cuando no sean objeto de adenda, las modificaciones previstas en la cláusula
quinta del presente convenio.
d) Informar sobre la posibilidad de renunciar, prevista en la cláusula sexta del presente
convenio.
e) R
ecabar la información que sea razonable para el seguimiento de las actuaciones tanto
en los aspectos científicos y técnicos como en los económicos y organizativos, debiendo
garantizar Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, la disponibilidad de
la información.
f) Establecer las normas internas de funcionamiento de la Comisión de Seguimiento, en
concordancia con los Estatutos y normativa reguladora de las instituciones firmantes.
g) Evaluar las contingencias sobrevenidas en función de la evolución de la situación de
emergencia sanitaria ocasionada por la COVID-19.
h) Elevar a los órganos superiores respectivos de las propuestas, informes o decisiones
que exijan aprobación de los mismos.
i) Cualesquiera otras conducentes al logro de los objetivos propuestos.
En el primer trimestre del año 2022, la Comisión realizará una evaluación de las actividades
ejecutadas en el ejercicio anterior, a la luz de los valores constatados de los indicadores
de producto, y propondrá, si fuera preciso, los cambios que se estimen convenientes para
una mejor ejecución del programa, que deberán ser recogidos, en su caso, en una adenda
a este convenio.
La Comisión se reunirá con la periodicidad que se acuerde, inicialmente con carácter semestral y en su caso, a instancia de cualquiera de las entidades que suscriben el presente
convenio, debiendo comunicarlo a la otra parte con una antelación mínima de diez días,
mediante escrito que contendrá el lugar, la fecha y los asuntos a tratar. Dichas reuniones
podrán tener lugar en las instalaciones de la Administración de la Comunidad Autónoma
Martes, 20 de abril de 2021
19711
La Comisión de Seguimiento tendrá entre otras las siguientes funciones:
a) Realizar el seguimiento de las actividades y tareas ejecutadas en virtud de la presente
transferencia verificando su adecuada progresión y el alcance de los objetivos del proyecto a desarrollar anualmente.
b) Aclarar y resolver cuantas dudas y controversias pudieran surgir en la interpretación y
ejecución del presente convenio.
c) Aprobar, cuando no sean objeto de adenda, las modificaciones previstas en la cláusula
quinta del presente convenio.
d) Informar sobre la posibilidad de renunciar, prevista en la cláusula sexta del presente
convenio.
e) R
ecabar la información que sea razonable para el seguimiento de las actuaciones tanto
en los aspectos científicos y técnicos como en los económicos y organizativos, debiendo
garantizar Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, la disponibilidad de
la información.
f) Establecer las normas internas de funcionamiento de la Comisión de Seguimiento, en
concordancia con los Estatutos y normativa reguladora de las instituciones firmantes.
g) Evaluar las contingencias sobrevenidas en función de la evolución de la situación de
emergencia sanitaria ocasionada por la COVID-19.
h) Elevar a los órganos superiores respectivos de las propuestas, informes o decisiones
que exijan aprobación de los mismos.
i) Cualesquiera otras conducentes al logro de los objetivos propuestos.
En el primer trimestre del año 2022, la Comisión realizará una evaluación de las actividades
ejecutadas en el ejercicio anterior, a la luz de los valores constatados de los indicadores
de producto, y propondrá, si fuera preciso, los cambios que se estimen convenientes para
una mejor ejecución del programa, que deberán ser recogidos, en su caso, en una adenda
a este convenio.
La Comisión se reunirá con la periodicidad que se acuerde, inicialmente con carácter semestral y en su caso, a instancia de cualquiera de las entidades que suscriben el presente
convenio, debiendo comunicarlo a la otra parte con una antelación mínima de diez días,
mediante escrito que contendrá el lugar, la fecha y los asuntos a tratar. Dichas reuniones
podrán tener lugar en las instalaciones de la Administración de la Comunidad Autónoma